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Si tengo una discapacidad o he sufrido una enfermedad grave, ¿puedo contratar un seguro de vida?

Si tengo una discapacidad o he sufrido una enfermedad grave, ¿puedo contratar un seguro de vida?

¿Se puede contratar un seguro de vida con una enfermedad grave o con invalidez

Eva María Rodríguez |

¿Se puede contratar un seguro de vida si se padece una enfermedad grave o con algún tipo de invalidez o incapacidad?

Si en el momento de contratar un seguro de vida padeces una enfermedad grave o tienes algún tipo de invalidez o invalidez, la aseguradora podrá rechazar la póliza. En algunos casos, la oferta del asegurador puede incluir el pago de una prima, entre otras condiciones.

Seguro de vida en caso de enfermedad grave o invalidez preexistente

Si tienes una enfermedad grave o una discapacidad antes de solicitar una póliza de vida, la aseguradora debe revisar cada solicitud de seguro individualmente. En algunos casos de enfermedad grave o invalidez, las aseguradoras pueden ofrecer al cliente una solución que se adapte a sus circunstancias y necesidades. Esta solución supondrá pagar una sobreprima (prima más alta) y, probablemente, tener menos garantías o coberturas reducidas.

Nunca ocultes una enfermedad o invalidez grave al contratar tu seguro de vida

No informar al asegurador sobre el estado de salud real puede hacer que el asegurador se niegue a pagar la indemnización en caso de siniestro cubierto por la póliza, si descubres que existía una enfermedad o invalidez preexistente. Mentir al seguro hace que la cobertura se deshabilite.

¿Qué pasa si el seguro de vida es obligatorio?

No existe ningún caso en el que sea obligatorio contratar un seguro de vida. En cualquier caso, si quieres contratar una póliza de este tipo vinculada a una operación financiera, revisa bien lo que firmas en el banco y asegúrate de que los datos de salud son correctos. Es habitual que este tipo de documentos se ofrezcan con la información de salud incluida, sin siquiera preguntar si todo es correcto.

En cualquier caso, recuerda que ninguna entidad financiera puede obligarte a contratar un seguro de vida como requisito para la concesión del préstamo.

Y si ya has firmado el seguro de vida y compruebas que los datos no corresponden, recuerda que tienes un plazo máximo de 30 días desde que la aseguradora te entrega la póliza definitiva o el documento de cobertura provisional para resolver el contrato sin indicarlo. las razones. , sin que ello conlleve penalización alguna y sin que el asegurador pueda oponerse a la cancelación.

Es muy importante que no firmes un seguro de vida si tienes una enfermedad grave o algún tipo de discapacidad sin leer detenidamente los términos del contrato que te dan para firmar.

¿Tengo que informar una nueva enfermedad al seguro de vida?

No es necesario avisar al seguro de vida del deterioro de la salud. Al fin y al cabo, el riesgo aumenta con la edad y, con ella, la posibilidad de padecer enfermedades. Según el artículo 11 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro, en los seguros de personas, el tomador del seguro o el asegurado no tienen obligación de comunicar el cambio de circunstancias relativas al estado de salud del asegurado, que en ningún caso, se considerarán una agravación del riesgo.

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