El hecho de que estés obligado a contratar un seguro de hogar con la hipoteca (seguro de daños, con cobertura básica contra terremotos, incendios o inundaciones) no implica que tengas que contratar necesariamente este seguro con el banco que te ha concedido dicha hipoteca.
El problema es que, aunque la banca no puede obligarte a contratar el seguro de hogar con ellos, muchos clientes lo hacen para conseguir mejores condiciones hipotecarias o porque piensan que así será más fácil conseguir la hipoteca. En el supuesto de que un cliente tenga el seguro de hogar vinculado a la hipoteca, ¿se puede desvincular el seguro de esta?
También se da el caso de personas que tienen contratado su seguro de hogar con una aseguradora y quieren desvincular dicho seguro de la hipoteca. El caso es el mismo que antes. ¿Se puede anular este seguro de hogar vinculado a la hipoteca, teniendo en cuenta que hay unas coberturas mínimas obligatorias?
La respuesta es que sí, tanto si se quiere desvincular ese seguro para comprar otro como si se quiere desvincular para vender la vivienda. Vamos a ver cómo hacerlo.
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Desvincular un seguro de hogar de la hipoteca
Antes de explicar cómo se desvincula el seguro de hogar de la hipoteca, es necesario aclarar que los seguros de hogar, al igual que los seguros de vehículos, se contrata por periodos de un año. Aunque es necesario revisar las condiciones particulares de la póliza, lo normal es que estos seguros se renueven automáticamente pasados 12 meses.
Por lo tanto, es necesario anularlos antes de su renovación. Esta anulación debe hacerse al menos dos meses antes de dicha renovación. Aclara que dar la orden de cancelación de un seguro no implica que se pierdan las coberturas desde este momento, sino que la póliza estará activa hasta la fecha contratada. Para saber más sobre esto, puedes consultar el artículo Cómo cancelar la renovación de mi seguro.
Para cambiar de seguro de hogar cuando este está vinculado a la hipoteca, lo único que tienes que hacer es cancelar el seguro adecuadamente y contratar otro que entre en vigor cuando el que canceles finalice definitivamente.
Si el motivo por el que se quiere anular un seguro es porque se vaya a vender la vivienda, es posible que no se pueda esperar a la fecha de vencimiento para realizar los trámites necesarios para su cancelación, por lo que es importante saber qué va a pasar con el seguro de hogar.
Como explicamos en el artículo Qué pasa con el seguro de hogar cuando se vende una vivienda, el motivo por el que es obligatorio contratar un seguro de hogar contra incendios y otros daños es que el inmueble actúa como garantía de cobro para la entidad con la que se suscribe la hipoteca. De este modo, con un seguro, la entidad que concede la hipoteca tiene la garantía de cobrar en caso de destrucción de la vivienda.
En este artículo también explicábamos qué hacer con el seguro de hogar cuando estaba vinculado a la hipoteca.
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Qué pasa con la prima no consumida si se cancela el seguro de hogar antes de la finalización del contrato
Cuando cancelas un seguro de hogar, hay que prestar atención a todas las cláusulas de la póliza. En sus condiciones se deben indicar, según la norma décima de la Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España (vigente desde el 1 de julio de 2013), los gastos que el cliente debe soportar o las compensaciones que ha de recibir “como consecuencia de la finalización de la relación contractual o de su cancelación anticipada”.
La misma norma también indica que se deben incluir en la póliza los posibles reembolsos o compensaciones que pueden corresponder al asegurado por la anulación de productos vinculados que sean innecesarios por la cancelación. Concretamente, la norma indica que “en el caso de seguros vinculados, se incluirá el derecho del cliente a percibir los extornos de la parte de la prima no consumida”. Esto significa, que el Banco de España reconoce el derecho del asegurado a recuperar la parte de la prima que no se ha utilizado, aunque esto dependerá de la aseguradora y de si ha habido o no siniestros declarados.
En este punto, cabe insistir en el hecho de que, para recibir la devolución de la prima no consumida, es necesario que ya no exista hipoteca y/o que la vivienda haya cambiado de propietario.
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