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¿Se puede cancelar un seguro de vida vinculado a un préstamo?

seguro de vida vinculado a un préstamo

Eva María Rodríguez |

¿Tienes una póliza de vida vinculada a un préstamo y quieres cancelarla? En este artículo te contamos cómo cancelar un seguro de vida vinculado a un préstamo. Ten en cuenta que este tipo de cancelación solo se puede realizar durante un cierto período de tiempo después de firmar la póliza.

En cualquier caso, si “te sientes obligado” a contratar esta póliza, léela muy bien antes de firmar para saber qué contratas. En cualquier caso, recuerda que no es legal que el banco te obligue a firmar ningún seguro con ellos para la contratación de créditos, préstamos o hipotecas.

⇒Lee esto también: Contratar un seguro de vida con la hipoteca ¿obligatorio? Que no te tomen el pelo

Seguro de vida vinculado a la hipoteca

La contratación de un seguro de vida vinculado a un préstamo o hipoteca no es obligatoria; pero, como ya hemos dicho varias veces, este tipo de póliza es muy recomendable, ya que así se garantiza que, en caso de fallecimiento u otras circunstancias amparadas por el seguro, los herederos o parientes no tienen que hacer frente al pago de la deuda ni a la pérdida de los bienes que garantizan el préstamo.

Sin embargo, puede darse el caso de que alguien decida dar de baja un seguro de vida vinculado a un préstamo, por ejemplo, porque quiere contratar una póliza que mejora las condiciones del seguro que quiere dar de baja. ¿Pero se puede cancelar este seguro?

Cuándo se puede cancelar un seguro de vida vinculado a un préstamo

Según la legislación vigente, si has contratado un seguro individual por una duración superior a seis meses que ha estipulado el contrato sobre su vida o la de un tercero, puedes rescindir el contrato sin expresión de motivos y sin penalización alguna dentro de los siguientes períodos de 30 días desde la fecha en que el asegurador le entregue la póliza o documento de cobertura provisional.

Es decir, durante los 30 días siguientes a la recepción del documento provisional de la póliza, puedes cancelar un seguro de vida vinculado a un préstamo con una duración superior a seis meses. Y sin dar explicaciones.

Ten  en cuenta que, en todo caso, el asegurador tendrá derecho a cobrar la parte de la prima correspondiente al período de cobertura transcurrido desde la celebración del contrato hasta la fecha en que se notifique la extinción del contrato.

⇒Lee esto también: Seguros de vida vinculados a préstamos hipotecarios: lo que tienes que saber

Cómo cancelar un seguro de vida vinculado a un préstamo

Para cancelar este seguro tienes que enviar un burofax al asegurador diciendo que acepta el derecho de desistimiento unilateral contenido en el artículo 83.a de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, ordenando la devolución de la prima cobrada. Pero con el banco no hay que hablar de nada. Si te ignoran o te dicen que hables con el banco, puedes presentar una reclamación en el Servicio de Atención al Cliente de la aseguradora, que tiene hasta dos meses para responderte. En el caso de que la respuesta sea negativa o no contesten, puedes presentar una reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, que dispone de otros dos meses para contestar.

Si han pasado los 30 días, lo que puedes hacer es cancelar la renovación anual. Para ello, hay que avisar debidamente a la aseguradora un mes antes de la fecha de renovación.

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Si tienes dudas, no dudes en ponerte en contacto con PuntoSeguro o revisar el apartado de preguntas frecuentes.

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