¿Se puede conseguir un crédito o hipoteca sin contratar un seguro con el banco? Lo hemos dicho varias veces en este blog: no es obligatorio que contrates un seguro con la entidad de crédito; de hecho, ni siquiera es obligatorio que contrates un seguro cada vez que pidas un préstamo, ni siquiera una hipoteca.
Ahora bien, otra cosa es que sea recomendable, por lo menos, contratar un seguro de amortización. Sobre este último punto ya hablamos en el artículo ¿Por qué es importante contratar un seguro de amortización de préstamos e hipotecas?, así que léelo si todavía tienes dudas. Lugar aparte quedan otros seguros que suelen ofrecerse, como seguros de hogar, salud, coche, etc., cuando pides un crédito, préstamo o hipoteca.
En PuntoSeguro queremos que estés al día de todos los conceptos relacionados con educación financiera que puedan ayudarte a entender cómo funciona una parte importante del mundo en el que vivimos. Por eso, en este artículo te contamos cómo conseguir un crédito o hipoteca sin contratar un seguro con el banco. Además, recuerdo que ponemos a tu disposición el mejor comparador de seguros de vida hipoteca y con los mejores precios del mercado.
¿Es legal conseguir una hipoteca sin contratar un seguro con el banco?
Sí, es totalmente legal conseguir una hipoteca sin contratar un seguro con el banco. La normativa española protege tu derecho a no contratar un seguro con el banco al solicitar un préstamo o una hipoteca.
La Ley 26/2006 de mediación de seguros y reaseguros privados establece en su artículo 5.2 e) que los mediadores (como los bancos, cuando actúan como tales) no pueden imponer directa o indirectamente la contratación de un seguro.
Además, el artículo 5.2 g) añade que tampoco pueden suscribir un seguro sin el consentimiento expreso del cliente. En otras palabras: ningún banco puede obligarte a asegurar un préstamo o hipoteca con sus propios productos.
Sin embargo, hay que distinguir entre lo que es obligatorio por ley y lo que el banco puede ofrecerte como condición comercial. Es posible que te propongan mejores condiciones en el préstamo si contratas con ellos, pero siempre tienes derecho a comparar si realmente te compensa.
Recuerda: el banco no puede supeditar la concesión del crédito a la contratación de un seguro. Si lo hace, estaría infringiendo la normativa vigente.
Qué dice la ley sobre la contratación de seguros vinculados
La legislación deja claro que los seguros vinculados a un préstamo o hipoteca deben ser siempre voluntarios. El cliente puede decidir libremente si quiere o no contratar la póliza con el banco.
Si el seguro fuera realmente obligatorio —por ejemplo, en una hipoteca con obligación de contar con un seguro de hogar con coberturas básicas—, puedes contratarlo con la compañía que tú elijas. Nadie puede imponerte el proveedor.
Por tanto, el banco puede ofrecerte un seguro, pero tú tienes la última palabra para aceptar o buscar otra opción más económica o con mejores condiciones.
Cuándo sí es obligatorio tener un seguro y qué opciones tienes
En una hipoteca, solo es obligatorio disponer de un seguro de hogar con coberturas básicas (por ejemplo, incendio o daños estructurales). Pero no estás obligado a contratarlo con el banco.
También puede ser muy recomendable un seguro de vida o de amortización, para evitar que una deuda quede pendiente si falleces o sufres una incapacidad. En ese caso, puedes comparar entre distintas aseguradoras y elegir la que más te convenga.
¿Qué puedes hacer si ya firmaste un seguro con el banco?
Si ya firmaste un seguro vinculado a tu préstamo o hipoteca con el banco, no estás atrapado. Tienes derecho a cancelarlo o cambiarlo si decides que no te interesa mantenerlo. La legislación española te ampara a través del derecho de desistimiento, que te permite anular el contrato sin penalización y sin justificar los motivos.
Este derecho se aplica tanto a seguros de vida como a otros tipos de seguros asociados, siempre que respetes los plazos establecidos por la ley.
Cómo ejercer el derecho de desistimiento paso a paso
- Revisa la póliza o el documento de cobertura que te haya entregado el banco o la aseguradora.
- Comprueba la fecha de recepción: el plazo de desistimiento empieza a contar desde ese momento.
- Comunica por escrito tu decisión al banco o a la aseguradora. No necesitas explicar los motivos.
- Hazlo dentro del plazo legal, y guarda una copia de la comunicación o del justificante de envío.
El banco no puede negarse a tramitar tu desistimiento ni imponer penalización alguna. Simplemente, debe devolver las primas no consumidas si ya las habías abonado.
Si contrataste varios seguros vinculados al crédito, revisa cada uno por separado; puede que sus plazos o condiciones sean distintos.
Plazos legales y diferencias entre seguros de vida y no vida
Los plazos de desistimiento varían según el tipo de seguro:
- Seguros de vida. Según el artículo 83.a.1 de la Ley del Contrato de Seguro, tienes 30 días naturales desde la entrega de la póliza o documento de cobertura para desistir del contrato.
- Seguros de no vida (hogar, coche, etc.). En estos casos, el derecho de desistimiento se aplica solo si el contrato se firmó a distancia (por teléfono o internet). Según el artículo 10 de la Ley 22/2007, el plazo es de 14 días naturales desde que se recibe la información contractual o la confirmación de la contratación.
En ambos supuestos, basta con enviar la comunicación dentro de plazo para que el desistimiento sea válido.
El banco o aseguradora no pueden oponerse ni aplicar penalizaciones.
¿Puedes cambiar de seguro de vida vinculado a tu hipoteca?
Sí, puedes cambiar de seguro de vida vinculado a tu hipoteca en cualquier momento. Si tienes un seguro de vida o de amortización asociado a tu préstamo o hipoteca, no estás obligado a mantenerlo con el banco. La mayoría de estas pólizas son renovables año a año, y la ley te permite decidir no renovarlas y contratar con otra aseguradora.
Esto significa que, aunque el banco te ofreciera el seguro junto con la hipoteca, puedes cambiarlo libremente siempre que avises con un mes de antelación antes de la fecha de renovación.
Cuándo y cómo solicitar la no renovación del seguro
- Comprueba la fecha de vencimiento de la póliza. Normalmente coincide con la fecha de firma o renovación anual del seguro.
- Envía un aviso por escrito con al menos un mes de antelación. Puedes hacerlo por correo certificado, correo electrónico o desde el área de cliente de la aseguradora.
- Solicita acuse de recibo o confirmación.
Es importante conservar el comprobante para evitar renovaciones automáticas.
Una vez comunicado el aviso, puedes contratar tu nuevo seguro con cualquier compañía, incluso antes de la fecha de vencimiento de la anterior, para no quedarte sin cobertura.
Por qué comparar precios antes de renovar puede ahorrarte mucho dinero
Los seguros de vida ofrecidos por los bancos suelen tener primas más altas que las de las aseguradoras independientes. Esto se debe a que el banco los vende como un producto vinculado al préstamo, sin ofrecer alternativas.
Si comparas precios antes de renovar, puedes encontrar diferencias de hasta un 40 % en el coste anual.
En el comparador de seguros de vida para hipotecas de PuntoSeguro podrás conocer cuánto te ahorrarías cambiando de aseguradora, manteniendo las mismas coberturas. De esta forma, proteges tu economía familiar sin pagar de más y sin perder ninguna ventaja en tu hipoteca.
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Además, como sabemos que cancelar el seguro de vida en el banco puede dar lugar a situaciones incómodas, te ayudamos. Desde PuntoSeguro nos ocupamos de todo y cancelamos tu póliza actual sin coste.
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Preguntas frecuentes sobre hipotecas y seguros vinculados
¿Es obligatorio contratar un seguro con el banco al pedir una hipoteca?
No, no es obligatorio. La normativa española, concretamente la Ley 26/2006 de mediación de seguros, prohíbe a los bancos condicionar la concesión de un préstamo o hipoteca a la contratación de un seguro con ellos. Pueden ofrecértelo, pero la decisión final siempre es tuya.
¿Qué dice la ley sobre los seguros vinculados a préstamos o hipotecas?
La Ley 26/2006 establece que los mediadores, incluidos los bancos, no pueden imponer directa ni indirectamente la contratación de un seguro. Tampoco pueden suscribir una póliza sin el consentimiento expreso del cliente. Los seguros vinculados deben ser siempre voluntarios.
¿Qué seguros son realmente obligatorios en una hipoteca?
En una hipoteca solo es obligatorio disponer de un seguro de hogar con coberturas básicas, como incendio o daños estructurales. Sin embargo, puedes contratarlo con la aseguradora que prefieras, no necesariamente con el banco. El seguro de vida es recomendable, pero no obligatorio por ley.
¿Puedo cancelar un seguro que ya firmé con el banco al contratar mi hipoteca?
Sí, puedes cancelarlo ejerciendo el derecho de desistimiento. Este derecho te permite anular el contrato sin penalización y sin justificar motivos, siempre que respetes los plazos legales. El banco debe tramitar tu solicitud y devolverte las primas no consumidas.
¿Cuál es el plazo para ejercer el derecho de desistimiento en seguros?
En seguros de vida, tienes 30 días naturales desde la entrega de la póliza. En seguros de no vida contratados a distancia (teléfono o internet), el plazo es de 14 días naturales desde la recepción de la información contractual. Basta con comunicarlo por escrito dentro de plazo.
¿Se puede cambiar el seguro de vida vinculado a una hipoteca?
Sí, puedes cambiarlo en cualquier momento. La mayoría de estas pólizas se renuevan anualmente, y la ley te permite no renovar y contratar con otra aseguradora. Solo debes avisar por escrito con al menos un mes de antelación antes de la fecha de renovación.
¿Cómo solicitar la no renovación de un seguro vinculado a la hipoteca?
Comprueba la fecha de vencimiento de tu póliza y envía un aviso por escrito con al menos un mes de antelación. Puedes hacerlo por correo certificado, correo electrónico o desde el área de cliente. Guarda el comprobante para evitar renovaciones automáticas.
¿Cuánto puedo ahorrar si cambio el seguro de vida de mi hipoteca?
Comparando precios antes de renovar puedes encontrar diferencias de hasta un 40 % en el coste anual. Los seguros ofrecidos por bancos suelen tener primas más altas que los de aseguradoras independientes. En PuntoSeguro puedes comparar entre 15 aseguradoras y comprobar tu ahorro.


robertosalas2
12 de noviembre de 2015 a las 12:32 pm