Cuando contratamos un seguro de vida en España estamos cubiertos en todo el territorio nacional; pero ¿qué pasa si sufrimos algún siniestro cubierto por el seguro fuera de nuestras fronteras? ¿Nos cubre el seguro de vida en el extranjero igualmente?
[ACTUALIZADO]
Coberturas del seguro de vida en el extranjero
En principio, salvo que los hechos ocurran en un país en conflicto o bajo unas circunstancias excluidas expresamente en la póliza, un seguro de vida contratado en España tiene cobertura en el extranjero. Sin embargo, si el asegurado tiene residencia fiscal fuera del territorio español o no vive en España al menos seis meses al año no podrá contratar un seguro en España, a no ser que llegue a un acuerdo con la aseguradora.
En el caso de residentes en el extranjero, cabe destacar lo que establece el artículo 108 de la Ley de Contrato de Seguro establece respecto a quiénes pueden contratar un seguro de vida. Concretamente, se puede contratar un seguro de vida en España en los siguientes casos:
- Cuando el tomador del seguro sea una persona física y tenga su domicilio o su residencia habitual en territorio español. No obstante, si es nacional de otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo distinto de España podrá acordar con el asegurador aplicar la ley de su nacionalidad.
- En el caso de que el tomador del seguro sea una persona jurídica y tenga su domicilio, su efectiva administración y dirección o su principal establecimiento o explotación en territorio español.
- Cuando el tomador del seguro sea una persona física de nacionalidad española con residencia habitual en otro Estado y así lo acuerde con el asegurador.
- Si el contrato de seguro de grupo se celebra en cumplimiento o como consecuencia de un contrato de trabajo sometido a la ley española.
¿Cubre el seguro de vida la repatriación?
Ahora bien, una cosa es que el seguro de vida tenga efecto en el extranjero y otra bien distinta es que vaya a hacerse cargo de la repatriación. En caso de fallecimiento, para que el seguro de vida se haga cargo de traer de vuelta al asegurado es necesario haber contratado previamente la cobertura de repatriación. En caso contrario, estos gastos correrán por cuenta de los familiares y/o herederos legales.
Por otra parte, en cuanto a los gastos de sepelio, estos correrán por cuenta de los familiares o herederos, tanto si el entierro se realiza en el extranjero como en España, a no ser que el asegurado contara con un seguro de decesos. En dichos seguros también puede contratarse la cobertura de repatriación.
Más información
Si estás interesado en saber más sobre este tema, no te pierdas estos otros artículos que hemos publicado en el blog de PuntoSeguro.com:
- ¿Qué son los seguros de asistencia en viaje?
- Lo que tienes que saber sobre asistencia médica cuando estés en el extranjero
- ¿Qué es la Tarjeta Sanitaria Europea?
- 3 coberturas indispensables que deberías contratar para viajar al extranjero
- ¿Qué cubre la cobertura de gastos médicos en el seguro de viaje?
- ¿Cuál es la diferencia entre un seguro de vida y un seguro de decesos?
Si te ha gustado el artículo queremos pedirte un pequeño favor:
- Compártelo en las Redes Sociales o
- Suscríbete al blog y recibe cada nuevo post en tu email pinchando aquí.
4 Responses to ¿Me cubre el seguro de vida en el extranjero?