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Seguro obligatorio de convenio colectivo: conoce tus derechos

Seguro convenio colectivo obligatorio

Artículos sobre Convenios Colectivos

Los convenios colectivos establecen una serie de obligaciones acordadas que los empresarios tienen que cumplir respecto a sus empleados. En este artículo te hablamos del seguro obligatorio de convenio colectivo que existe en algunos sectores; concretamente, el seguro de vida y/o accidentes y de otras obligaciones.

⇒Lee esto también: Qué son seguros de vida colectivos y qué ventajas tienen

Seguro obligatorio de convenio colectivo

Algunos colectivos de trabajadores tienen la obligación, por convenio, de estar asegurados  por sus empleadores. Por ello, deben ser incluidos en una póliza de vida y accidentes que incluya fallecimiento e incapacidad.

El hecho de no incluir a los trabajadores en un seguro de este tipo cuando el convenio colectivo así lo establezca implica una sanción. Es más, no contratar este seguro e incluir en él a todos los trabajadores es una infracción muy grave.

En caso de que un trabajador cuyo convenio colectivo indique la obligatoriedad de seguro, este debe reclamar y, en su caso, denunciar. Para saber si el trabajador está o no asegurado debe revisar su nómina.

El seguro de convenio es salario en especie, y su importe se tiene  en cuenta en la nómina y en los cálculos de la indemnización por despido. El concepto aparece en la nómina es Seguro de Convenio y debe estar incluido en la base de cotización e IRPF en proporción a la prima que se paga por cada empleado.

⇒Lee esto también¿Puede la empresa desgravar las primas que paga por los seguros de los trabajadores?

Obligación de externalización de los compromisos por pensiones

Cuando hablamos de obligatoriedad de ciertos colectivos de tener un seguro obligatorio hablamos de compromisos por pensiones.

Los compromisos por pensiones son aquellos compromisos derivados de obligaciones legales o contractuales del empresario con el personal de la empresa y vinculados a las contingencias establecidas,  como jubilación , invalidez, fallecimiento y dependencia (dependencias severa o gran dependencia).

No es necesario que los compromisos por pensiones incluyan la cobertura de todas estas contingencias indicadas, sino que depende de las condiciones de cada convenio. Las prestaciones podrán ser en forma de capital, renta o mixtas y comprenderán toda prestación que se destine a la cobertura de tales compromisos, cualquiera que sea su denominación.

Reglamento

Los empresarios que por convenio deben asegurar a sus trabajadores están obligados a externalizar estos compromisos por pensiones a través de la contratación de un plan de pensiones o de un seguro desde la promulgación del Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios,  Real Decreto 1588/1999.

La última edición revisada para este artículo, con fecha configura el régimen de instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios en nuestro país, con el objeto de dar cumplimiento al artículo 8 de la Directiva 80/987/CEE, relativa a la protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario.

Según el Artículo 2 de este reglamento, todas las las empresas que mantuvieran compromisos por pensiones con sus trabajadores debían externalizarlas antes del 1 de enero del año 2001; incluyendo las prestaciones causadas.

Además, según el Real Decreto 1/2002, estos compromisos por pensiones deben instrumentarse a través de contratos de seguros a través de un plan de pensiones o bajo la combinación de varios de ellos.  En ningún caso se permite que sea la empresa la que cubra estos compromisos a través de fondos internos de los cuales sea titular la propia empresa. Esto se hace para evitar el riesgo de iliquidez en el momento del devengo del trabajador.

⇒Esto también te interesará: Los Mejores Seguros de Vida Riesgo: comparativa de precios y coberturas

Convenios colectivos con seguro obligatorio

El seguro obligatorio de convenio colectivo depende de las circunstancias de cada convenio, que puede ser estatal, provincial o regional.

Así, hay algunos convenios establecidos a nivel nacional cuyas condiciones son válidas en toda España. Es el caso colectivos como las agencias de viajes, los establecimientos financieros de crédito o las cadenas de tiendas de conveniencia.

Sin embargo, hay otros convenios colectivos que se regulan de forma autonómica o incluso provincial. Todo depende de si hay o no convenio colectivo en una determinada provincia o comunidad autónoma o no lo hay.  En el caso del seguro obligatorio, que es lo que nos ocupa, se da el caso de que el convenio colectivo de algunas provincias o comunidades establece la obligatoriedad de seguros y otros que no.

⇒Lee esto también¿Qué coberturas incluyen y cuáles excluyen los seguros de accidentes?

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Escrito por:
Eva María Rodríguez

Eva María Rodríguez

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Redactora web y creadora de contenidos digitales especializada en seguros y finanzas, así como en deporte y vida saludable. Colabora con PuntoSeguro desde 2014.

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