¿Se puede cancelar un seguro contratado a través de Internet?

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Contratar un seguro online es algo muy común en estos días. Es rápido, fácil y puedes comparar muchas opciones. Pero, en muchas ocasiones, una vez que se ha contratado el seguro, a los usuarios les surgen dudas, acuden a un mediador de seguros y se encuentran que pueden obtener un seguro en mejores condiciones o más adecuado a sus necesidades reales. Otras veces puedes encontrar una oferta mejor en otra página web. Pero el contrato de seguro ya está firmado. ¿Se puede cancelar un seguro contratado online?  ¿Es posible anular el seguro sin penalización? 

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Cancelar un seguro contratado online

Como compra electrónica que es, el cliente tiene lo que se conoce en el sector del comercio electrónico como derecho de desistimiento. Este derecho faculta al consumidor para decidir si quiere seguir adelante o no con un contrato de seguro contratado a través de Internet, siempre y cuando lo haga en los plazos legales establecidos. Además, en virtud de este derecho de desistimiento, el consumidor no necesita justificar sus motivos ni puede ser penalizado de ninguna manera. El plazo estipulado para ejercer el derecho de desistimiento era de 7 días hasta hace poco, pero en la actualidad ese plazo se ha ampliado a 14 días naturales.

De este modo, el tomador del seguro dispone de catorce días  desde la celebración del contrato a distancia o desde la recepción de las condiciones contractuales (en caso de que estas lleguen más tarde) para desistir de dicho contrato sin penalización, a no se que se haya producido algún siniestro y se haya dado parte, en cuyo caso el derecho queda anulado puesto que se ha hecho uso del seguro, por decirlo de alguna manera. Hay una excepción: este derecho no es aplicable al seguro obligatorio de responsabilidad civil.

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Cómo ejercer el derecho de desistimiento

Para ejercer el derecho de desistimiento, el tomador del seguro debe comunicarlo al asegurador en su domicilio social antes de la finalización del plazo correspondiente, mediante correo certificado u otro procedimiento que permita dejar constancia fehaciente de la notificación.

En cualquier caso, el consumidor que ejerce el derecho de desistimiento solo está obligado a pagar el servicio prestado por la aseguradora hasta el momento del desistimiento. Una vez recibida la notificación de desistimiento por la aseguradora, la cobertura del contrato de seguro quedará sin efecto.

En caso de que el consumidor no ejerza su derecho de desistimiento en el plazo indicado, el contrato se cumple conforme a lo pactado.

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About Eva María Rodríguez

Redactora web y creadora de contenidos digitales especializada en seguros y finanzas, así como en deporte y vida saludable. Colabora con PuntoSeguro desde 2014.
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10 Responses to ¿Se puede cancelar un seguro contratado a través de Internet?

  1. Hola, Gerson: Si tiene permanencia no puede cancelar, igual que no podría cancelar si paga mensualmente una vez comenzado el año de contrato. Si deja de pagar, probablemente la aseguradora por cancelado el contrato, pero también está en su derecho de reclamar por el impago.
  2. Gerson manrique says:
    Hola buen día, tengo un seguro médico contratado hace 12 meses, pero actualmente estoy atravesando un situación económica fuerte y no puedo seguir pagando el seguro . He llamado a la asegurada para cancelarlo, pero me dicen que no puedo, porque tengo una permanencia de 36 meses. Mi pregunta es : Tendría que seguirlo pagando obligatoriamente o si se podría cancelar por otros medios legales.
  3. Hola, Álvaro. El periodo de desistimiento empieza en el momento en el que se celebra el contrato del seguro, que, según indica, será en septiembre. Por lo tanto, no tiene nada de lo que desistir, porque no hay contrato ninguno de por medio. Simplemente, cancele la solicitud de seguro y listo. No obstante, si ha proporcionado datos de pago, esté pendiente. Un saludo.
  4. Alvaro says:
    Muy buenas, Contrate un seguro de coche para cambiarme de compañia de seguros, pero posteriormente me he arrepentido y quiero seguir con el mismo. Debido a mi trabajo han pasado los 14 dias que tenia de desestimiento, sin embargo, el pago del recibo esta estipulado para septiembre, que es cuando vence mi otro seguro. ¿No hay ninguna posibilidad de cancelar el seguro dado que aun no ha entrado en vigor? Gracias.
  5. Eva María Rodríguez says:
    Hola, Pepe: En principio, si no se le ha pasado el plazo, podría cancelar los seguros. Pero compruebe primero los contratos, a ver si el periodo de desistimiento aplica a lo que haya firmado. En cualquier caso, si le ponen pegas o tiene problemas no dude en ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente de la entidad bancaria y avisar de que pondrá una reclamación en la Dirección General de Seguros. Conserve toda la documentación y que pida que le den todo por escrito.
  6. Pepe says:
    Buenas tardes, quiero hacerles una consulta y me corre un poco de prisa la respuesta para saber como actuar. Tengo aprobado un préstamo hipotecario con Unicaja, en el FEIN me dice claramente que no tengo obligación de aceptar ninguno de sus seguros, (seguro de hogar, seguro de vida, seguro de protección de pagos por 5 años) cada cual por un ojo de la cara, pero para poder llevar a cabo la firma de la hipoteca no me ha quedado otra que aceptarlo, sin ser obligatorio, mi pregunta es: Una vez firmado la concesión de la hipoteca y posiblemente la de los seguros, ¿Puedo mandar una carta desestimando cada uno de esos seguros y poder recibir el dinero que me hayan cobrado de cada uno de los seguros? Según mis cálculos, firmé online el día 17 de este mes y la firma de la hipoteca es el 28, es decir solo han pasado 11 días y tengo entendido que tengo 14 días para desestimar los seguros. El de casa sé que es tener uno obligatorio con quien yo quiera. Y también si acepto los seguros cada cual me da una serie de bonificaciones, no me importa perderlos, no me sale a cuenta. Agradecería una respuesta.
  7. Eva María Rodríguez says:
    Hola, Sergio: El derecho de desistimiento es igual en todos los casos. Si no entró en vigor la póliza no pueden cobrarle nada. Solo podrían cobrarle la parte proporcional de los días en los que esta hubiera estado vigente, pero en este caso no deberían cobrarle nada.
  8. Sergio says:
    Buenas! Si la contratación fue telefónica el derecho de desistimiento, ¿es el mismo? ¿Pueden cobrarte alguna cantidad por cancelarlo si aún no entro en vigor la póliza? Un saludo
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