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¿Cubre el seguro de vida el suicidio?

¿El seguro cubre el suicidio?

Artículos sobre Seguros de Vida

¿Es el suicidio un riesgo cubierto por un seguro de vida? Normalmente sí, pero no siempre. Y, cuando lo hace, tiene condiciones. En este artículo te explicamos las condiciones bajo las cuales un seguro de vida cubre el suicidio.

⇒Esto también te interesará: Los Mejores Seguros de Vida Riesgo: comparativa de precios y coberturas

¿Cuándo cubre el seguro de vida el suicidio?

Existe en los seguros de vida lo que se conoce como exclusión por suicidio. Esta cláusula limita el pago de la póliza en caso de que el asegurado se suicide durante el primer año de póliza. De esta forma, si el asegurado se suicida durante este primer año, la aseguradora puede negarse a cubrir a los beneficiarios.

Esta cláusula está presente en la práctica totalidad de los contratos de vida y se recoge en el artículo 93 de la Ley de Contrato de Seguro:

Salvo pacto en contrario, el riesgo de suicidio del asegurado quedará cubierto a partir del transcurso de un año del momento de la conclusión del contrato. A estos efectos se entiende por suicidio la muerte causada consciente y voluntariamente por el propio asegurado.

Por tanto, si la póliza de seguro no incluye una cláusula de mayor duración, se entiende que el asegurador debe cubrir el suicidio siempre que se produzca después de un año de la contratación de la póliza.

⇒Lee esto también: ¿Qué derechos y obligaciones tienen los beneficiarios de un seguro de vida?

Las aseguradoras investigan los posibles suicidios

Ten en cuenta que las aseguradoras tienen derecho a realizar una investigación para determinar la causa de la muerte. Con ello intentan evitar fraudes con el objetivo de cobrar la indemnización del seguro de vida.

De esta forma, si la investigación determina que los motivos del suicidio no son compatibles con la cobertura del seguro de vida, la aseguradora se negará a pagar la indemnización. Un ejemplo sería si la persona tuviera una enfermedad terminal por algo que debería haber declarado en el seguro y no declaró.

Por otro lado, si el suicidio fue causado por problemas psicológicos, como depresión, el seguro podría pagar la indemnización, ya que esta se considera una causa ajena al seguro, pero siempre que no haya mentira en el cuestionario de salud. Si se demuestra que el asegurado tenía una enfermedad mental anterior, el seguro podría negarse a pagar.

Y si se demuestra que el suicidio no fue un suicidio, sino un montaje de los beneficiarios para cobrar el seguro, la compañía también se negará a pagar la indemnización.

⇒Lee esto también: ¿Qué no cubre la cobertura de fallecimiento por cualquier causa en el seguro de vida?

Período de un año, para evitar fraudes

Las compañías de seguros se acogen a esta cláusula durante el primer año de contrato por una razón muy sencilla: la intención en todo caso es evitar el fraude. Esta cláusula protege a las aseguradoras de las exigencias excesivas que se hacen por los suicidios cometidos por los asegurados y también del fraude que cometen quienes compran una póliza de vida para luego suicidarse y así beneficiar a sus familiares al permitirles cobrar las cantidades estipuladas en eso.

Un año después de la formalización de la póliza, es posible que los beneficiarios puedan cobrar la póliza. Pero siempre y cuando esté al corriente de pago. Aun así para ello, la aseguradora realizará una investigación exhaustiva de todo lo que rodea al siniestro. De esta forma, podrá descartar que sea la causa de un dolo doloso y planificado desde la contratación de la póliza. Hay que tener en cuenta que si la investigación de la aseguradora concluye finalmente que se ha cometido fraude, no pagará el siniestro.

Otro dato importante a tener en cuenta es que si hay algún dato erróneo en la póliza. Por ejemplo, si el asegurado niega tener una enfermedad cuando realmente la padeció y al cabo de un año se produce el suicidio, el asegurador puede negarse a cubrir el siniestro alegando que de haber conocido el riesgo real no habría asegurado eso.

⇒Lee esto también:  Si el beneficiario de un seguro de vida asesina al asegurado, ¿tiene derecho a cobrar la indemnización?

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Escrito por:
Aroha Díaz

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12 comments on "¿Cubre el seguro de vida el suicidio?"

    Juan Betés Novoa
    Armando tienes razón en que posiblemente habría que estudiar cada por caso para ese tipo de situaciones. En cualquier caso solo doy mi opinión personal basada en mi experiencia como mediador en los que he visto personas que estaban desesperadas asegurar su vida, esperar un año y quitarse la vida. Es terrible y no tiene nada que ver con mi bolsillo (los siniestros los cubren las aseguradoras no los mediadores) y sí con que los seguros no induzcan al suicidio. Saludos
    16 de mayo de 2019 a las 8:56 a. m.
    armando rodriguez
    JuanObservo que tu única solidaridad es con tu bolsillo ya que no contemplas el suicidio causado por depresión severa o causas similares que afectan la voluntad de quien realiza el acto. En tal sentido se evidencia que simplemente para ti el asegurado es un bien que te genera renta.
    13 de mayo de 2019 a las 4:14 p. m.
    victor hugo trotti
    lamentablemente no piensan lo que dicen el suicidio es alo ultimo quese puede encaminar una persona desesperada y por logica el seguro no es para uno o quien piensa me aseguro me suicido y cobro tanto es la ultima voluntad para dejarle algo a sus seres queridos aunque sean queridos es un momento muy delicado que sufre un ser humano
    27 de marzo de 2019 a las 4:41 p. m.
    Juan Betés Novoa
    Hola Sol: Lamento si la comparación ha herido tus sentimientos. Sólo pretendía poner un ejemplo desde una perspectiva aseguradora para explicar que en mi humilde opinión no tiene lógica que se asegure esta garantía, ya que por mi experiencia profesional, puede llegar a inducirlo cuando una persona está desesperada.En ningún momento he entrado a valorar el sufrimiento que debe padecer una persona para quitarse la vida. Es obvio que es algo terrible y que lamentablemente a muchos de nosotros nos ha tocado vivir de cerca. Toda mi solidaridad con esas personas y sus seres queridos. Saludos
    10 de octubre de 2018 a las 9:05 a. m.
    sol ignacia
    Juan Betés Novoa Que ignorancia y falta de respeto la comparación entre suicidio e incendios y otros... no tienes idea. Seguramente la persona "quien atenta contra el bien protegido, en este caso su vida" lo pensó así y la depresión que vivió no es nada, ni sufrimiento para la familia, ni shock para ellos. Un poco de empatía, por favor!
    9 de octubre de 2018 a las 5:25 p. m.
    JALJ
    ME PARECE LAMENTABLE... QUE SE HABLE DE FRAUDE ANTE UN SUICIDIO ... YO DESGRACIADAMENTE HACE POCOS DIAS SUFRI LA PERDIDA DE UN SER QUERIDO POR ESTAS CIRCUNSTANCIAS... LAMENTABLE...SOLO DIGO ESO... VAYA M... DE SOCIEDAD EN LA QUE ESTAMOS VIVIENDO...HASTA LOS DIFUNTOS SON PRESUNTOS DELINCUENTES.... LAMENTABLE
    30 de septiembre de 2018 a las 12:15 a. m.
    Juan Betés Novoa
    Hola Miguel: Coincido contigo en que no tiene ningún sentido que los seguros de vida cubran el suicidio, pero lamentablemente la práctica totalidad de las aseguradoras con las que trabajamos cubren el suicidio pasado un año desde la entrada en vigor del seguro.
    18 de junio de 2018 a las 9:36 a. m.
    miguel
    generalmente los seguros cubren hechos de da;os por causa mayor o por delincuencia , pero el suicidio no figura como uno de estos tipos , depende de la aseguradora puede incluir clausula por suicidio , aunque nunca la he visto si la llego a ver seria un hecho perturbador y hasta medio político .
    15 de junio de 2018 a las 3:06 p. m.
    Juan Betés Novoa
    Hola Luis: Respeto tu opinión pero como mediador profesional te aseguro que los seguros de vida sí se cobran y no son ninguna estafa. Sirven para proteger a nuestros seres queridos. Respecto al tema concreto del suicidio soy firme defensor de que se retire esa cobertura ya que no parece lógico que se compense económicamente a quien atenta contra el bien protegido, en este caso su vida. Imagínate un seguro de hogar que cubriese los incendios provocados por su asegurado pirómano, o un seguro de auto que nos pagase por estrellar el coche a drede contra un muro. ¿No parece lógico no crees?
    16 de abril de 2018 a las 10:12 a. m.
    Luis Díaz
    Los suicidas NO tienen derechos en Uruguay. Cuando alguien se suicida o parece que lo hizo, las aseguradoras se liberan de toda responsabilidad y no pagan nada a la pobre familia que ya tiene bastante con el shock de la muerte. Esto no puede ser así, les insto a proclamar que la gente no se asegure para nada, total nada es lo que les van apagar si su muerte es o parece un suicidio. El negocio de los seguros consiste en que la gente pague toda la vida y no cobre NUNCA. Lean la letra chica es una broma de mal gusto este negocio apesta.
    14 de abril de 2018 a las 2:37 p. m.

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