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¿Cubre el seguro de vida un infarto?

seguro de vida cubre un infarto

Artículos sobre Seguros de Vida

Son muchas las personas que se han realizado esta pregunta. ¿Verdaderamente cubre el seguro de vida un infarto? En este artículo respondemos a esta pregunta y te contamos cómo manejan las aseguradoras este tipo de siniestro.

[ACTUALIZADO]

El seguro de vida sí cubre el infarto si este causa la muerte

Un seguro de vida cubre la muerte por cualquier causa, incluido el infarto. Sin embargo, este tema ha sido especialmente polémico porque encierra algunas cuestiones que conviene tener muy en cuenta.

De hecho, el seguro de vida cubre cualquier enfermedad que cause la muerte, incluido el propio infarto. Pero existen algunos límites.

⇒Lee esto también: ¿Qué no cubre la cobertura de fallecimiento por cualquier causa en el seguro de vida?

La importancia del cuestionario de salud

Imagina que tienes 46 años y has decidido hacer un seguro de vida pero anteriormente habías padecido un infarto. A la hora de dar de alta un seguro de vida estarías obligado a declarar este hecho pero por el motivo que sea, decides no hacerlo.

Si, en un futuro, sufrieras de nuevo un infarto y este provocara finalmente el fallecimiento, la compañía aseguradora puede negarse a hacer efectivo el contrato si descubre que este hecho ha sido omitido. Este es el único caso en el que tu compañía aseguradora no te cubriría de un infarto.

⇒Lee esto también: Sobre el cuestionario de salud en el seguro de vida y mala praxis bancaria

 ¿Y si el infarto no causa la muerte?

En este caso va a depender mucho de las prestaciones que tengas contratadas en tu seguro de vida. Hay algunas compañías que cubren este tipo de sucesos anticipando el 50% o 100% del capital asegurado, y otras que aseguran un capital adicional para este tipo de situaciones. También hay otros seguros que no contemplan esta opción por lo que siempre hay que leer bien todo el contrato de nuestro seguro de vida para conocer con detalle de qué nos protege y de qué no.

En cualquier caso, un infarto puede dejarte muy debilitado y limitado, incluso impedir que sigas con tu vida con la misma normalidad que antes. Esto es especialmente problemático en lo que se refiere a la situación laboral. Por eso, si lo que quieres es estar cubierto económicamente en caso de infarto, sería interesante contratar un seguro de enfermedades graves o contratar esta cobertura adicional en tu seguro de vida.

En cualquier caso, si quieres revisar otras propuestas de seguros de vida o estudiar la mejora de las condiciones de tu seguro actual, te recomendamos que te apoyes en nuestro comparador de seguros, donde encontrarás de forma actualizada, toda la oferta disponible en el mercado.

Más información

Puedes encontrar más información sobre este tema y otros relacionados en muchos artículos que hemos publicado en el blog de PuntoSeguro. Por ejemplo, en los siguientes:

Escrito por:
Aroha Díaz

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Me apasionan las letras, la filosofía y los buenos debates. No pierdo la oportunidad de seguir una buena noticia y nada me parece más apetecible que una buena reflexión compartida.

10 comments on "¿Cubre el seguro de vida un infarto?"

  • Francisco Reina Bueno
    27 de agosto de 2020 a las 8:46 am
    Tengo un seguro de vida que cubre indemnización por infarto. Hace tres años sufri un infarto y cobré dicha indemnización. Quisiera saber si en caso de sufrir otro infarto, podría cobrar de nuevo la indemnización?
    • Eva María Rodríguez
      27 de agosto de 2020 a las 10:48 am
      Hola, Francisco: Para eso debería usted revisar las condiciones de la póliza. En principio, si usted sigue pagando el seguro, es decir, si le han renovado la póliza en las mismas condiciones, no tendría por qué haber problemas, a priori. Pero debería comprobarlo revisando las coberturas y, sobre todo, comprobar si ha habido algún tipo de modificación. Para ello creo que lo mejor es que pida una copia actualizada de la póliza a través de su mediador o a la aseguradora directamente.
  • 3 de julio de 2020 a las 1:10 pm
    Un tema complicado. Conviene conocer muy bien qué cubre y que no cubre el seguro que quieres contratar para luego no encontrarte con sorpresas desagradables. Muchas gracias por la información.
  • Joseluis
    18 de junio de 2019 a las 4:52 pm
    Sifri un infarto hace dos años y quisiera hacerme un seguro de vida. Para cubrir mis propiedades. Me podesi decir alguno que me cubra en caso de fallecimiento por la misma parologia.
  • Joel
    29 de mayo de 2019 a las 6:02 pm
    Hola les hago una consulta soy hipertensa tengo una cardiopatia y tomo medicamentos.. todo esta normal no he tenido problemas con mi corazon. Quiero ponerme un seguro de vida pero declare en una que tengo una enfermedad cardiac y no me quisieron asegurar .. si voy a otra y omito que no tengo nada... me cubren si algun dia me pasa algo con respecto a mi enfermedad?
    • Eva María Rodríguez
      30 de diciembre de 2019 a las 1:30 pm
      Hola, Joel: No le recomiendo que omita información relevante al seguro. Si descubren que ha mentido no solo no le darán cobertura, sino que habrá perdido todo lo que haya pagado.
  • Ivano Cividini
    24 de abril de 2019 a las 12:18 pm
    Hola, me disculpo por mi español, pero me ayudo con la ayuda del traductor. Tengo 58 años y vivo en Canarias. Durante mucho tiempo intenté contratar un seguro de salud, pero al declarar que en el pasado había tenido un pequeño ataque al corazón, todas las compañías de seguros se negaron. Así que decidí no declararlo, pero ahora la compañía de seguros lo descubrió, porque en la entrevista en una visita a una rodilla salí a hablar, así que cuando la compañía descubrió mi declaración falsa, me convenció. seguro cancelado. ¿Pueden hacerlo? Y lo peor es que se niegan a reembolsarme los meses restantes hasta la fecha límite, nuevamente 7, la prima del seguro pagada por adelantado. Gracias por la respuesta y por cualquier ayuda.
    • Juan Betés Novoa
      25 de abril de 2019 a las 7:29 pm
      Hola Ivano: Lamento tu situación. Efectivamente si no dijiste la verdad en tu estado de salud sí pueden anularla. La prima es indivisible puesto que el asegurador soporta el riesgo total en cada instante de duración del contrato (anual según el artículo 22 de la LCS),y no por fracciones de tiempo por lo que también me temo que no te devolverán la parte proporcional. Saludos

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