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Sobre las limitaciones en los seguros de defensa jurídica

limitaciones en el seguro de defensa jurídica

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La cobertura de defensa jurídica, que puede estar incluida en determinados tipos de pólizas, como los seguros de hogar o de vehículos, entre otras, tiene una limitación de gastos. Revisar esta limitación es fundamental para valorar el tipo de seguro que estás contratando y en qué condiciones.

⇒Lee esto también: ¿Qué hacer en caso de discrepancia con la aseguradora?

Qué es un seguro de defensa jurídica

Según el artículo 76 a) de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, la defensa jurídica es aquella cobertura en la que el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a hacerse cargo de los gastos en que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo,  judicial o arbitral, y a prestarle los servicios de asistencia jurídica, judicial y extrajudicial, derivados de la cobertura del seguro.

⇒Más información: ¿Qué es un seguro de defensa jurídica?

Limitaciones

Algunas aseguradoras suelen insertar una cláusula que  establece que la entidad no vendrá obligada a asumir los gastos de defensa cuando se trate de reclamaciones injustificadas en función de la responsabilidad del accidente o manifiestamente desproporcionadas con la valoración de los daños y perjuicios.

Sin embargo, el contrato suele aclarar que la aseguradora asumirá el pago de dichos gastos si el asegurado ejerciera las acciones judiciales y obtuviese una resolución favorable o una indemnización en cuantía similar a su pretensión inicial.

Esta cláusula establece una limitación al alcance de la cobertura de defensa jurídica establecido en el artículo 76 a) de la Ley de Contrato de Seguro, por lo que se considera una cláusula limitativa de los derechos del asegurado.

Como tal, esta cláusula debe estar bien destacada en el contrato; además de estar redactada de forma clara y precisa, sin dar lugar a confusiones y debe ser admitida expresamente por el asegurado. Según la legislación vigente, la inclusión de una cláusula limitativa de derechos de los asegurados que vulnera la norma serán nula. Esta nulidad no alcanza a todo el contrato de seguro, sino solo en lo que refiere a esa cláusula limitativa de derechos concreta.

⇒Lee esto también: ¿Cuándo entra en vigor la cobertura de defensa jurídica?

¿Son legales los límites a la cobertura de defensa jurídica?

Poner un límite a esta cubertura es legal, igual que poner límite a cualquier otra cobertura. Pero este no es el problema. El problema es que para llegar a dicho límite, sea más o sea menos, las aseguradoras aplicar diversos tipos de límites o filtros; y, al aplicarlos, es posible que el asegurado salga perjudicado.

Pero como cada tipo de seguro tiene sus propias condiciones, lo mejor es que preguntes a tu mediador y que te explique con detalle los entresijos de la póliza, concretamente cómo funciona esta cobertura. Siempre es un plus que un seguro incluya defensa jurídica, siempre y cuando dicha defensa te dé soluciones reales y no más problemas y complicaciones.

⇒Lee esto también: ¿En qué consiste la defensa jurídica en un seguro de coche?

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Escrito por:
Eva María Rodríguez

Eva María Rodríguez

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Redactora web y creadora de contenidos digitales especializada en seguros y finanzas, así como en deporte y vida saludable. Colabora con PuntoSeguro desde 2014.

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