El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Aragón en 2025 mantiene las mismas reglas que en 2024, ya que no se han aprobado nuevos presupuestos. Esto significa que siguen vigentes las reducciones y bonificaciones autonómicas que permiten a muchas familias rebajar notablemente lo que pagan al heredar bienes o recibir un seguro de vida. Entender cómo se aplica este impuesto es esencial para evitar sorpresas y aprovechar todas las ventajas disponibles.

En Aragón, la normativa autonómica introduce particularidades relevantes: la equiparación de las parejas de hecho al matrimonio, bonificaciones que pueden llegar al 100% en herencias de hijos menores y reducciones especiales en casos de discapacidad. Además, el capital de un seguro de vida se suma al resto de la herencia, lo que puede cambiar el tipo impositivo aplicable. Por eso, conocer los plazos, las reglas de acumulación y los beneficios vigentes resulta clave para planificar de forma eficaz cualquier transmisión patrimonial.

En PuntoSeguro queremos que sepas qué beneficios puedes aplicar, cómo tributan los seguros de vida y qué requisitos debes cumplir para no perder las bonificaciones fiscales. Por eso, en este artículo te explicamos quién debe este impuesto, qué trámites son necesarios, qué reducciones puedes aprovechar y cómo organizar la presentación para evitar errores y recargos en Aragón.

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[ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN: AGOSTO 2025]

¿Cómo tributa el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Aragón?

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Aragón se aplica sobre las herencias, las donaciones y los seguros de vida, manteniendo las reducciones y bonificaciones vigentes en 2024. Esto se debe a la prórroga presupuestaria, que confirma que no hay cambios normativos respecto al año anterior, garantizando estabilidad en la aplicación del tributo.

El impuesto se devenga cuando una persona recibe un bien o un derecho a título gratuito: por herencia (mortis causa), por donación (inter vivos) o por la percepción de un seguro de vida en el que el tomador y el beneficiario no son la misma persona. En todos los casos, el sujeto pasivo es la persona que recibe el incremento patrimonial: herederos, legatarios, donatarios o beneficiarios de seguros.

La normativa establece puntos de conexión para determinar dónde se liquida el impuesto. En sucesiones, corresponde a la comunidad autónoma donde el fallecido residió la mayor parte de los últimos cinco años. En donaciones, depende de si el bien es inmueble (tributa en Aragón si está situado allí) o mueble (se atiende a la residencia del donatario en los cinco años anteriores).

Un aspecto clave para calcular el impuesto es el grado de parentesco. Aragón aplica la clasificación estatal en cuatro grupos:

  • Grupo I: descendientes menores de 21 años.
  • Grupo II: cónyuge, ascendientes y descendientes de 21 o más.
  • Grupo III: hermanos, tíos y sobrinos (incluye parientes por afinidad).
  • Grupo IV: primos y extraños.

Además, Aragón introduce una particularidad: la equiparación de las parejas estables inscritas al matrimonio, lo que permite que tributen como Grupo II y accedan a reducciones y bonificaciones más favorables.

¿Cómo afecta un seguro de vida al Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Aragón?

El seguro de vida tributa dentro del Impuesto de Sucesiones cuando el beneficiario es distinto del contratante. En Aragón, estas cantidades se consideran una adquisición mortis causa y se suman a la herencia.

La clave está en la regla de acumulación: el capital del seguro se añade al resto de bienes heredados, lo que puede situar la base imponible en un tramo superior de la tarifa progresiva y aumentar el tipo aplicable. Esto significa que no solo se suma dinero, sino también porcentaje de impuesto.

Para suavizar este efecto, existen reducciones:

  • Estatal: 9.195,49 € para cónyuges, ascendientes y descendientes (Grupos I y II).
  • Aragón: hasta 3 millones de euros para hijos menores de edad, reducción total en caso de discapacidad grave y reducciones por vivienda habitual heredada.

Además, una vez calculada la cuota íntegra, se aplican bonificaciones autonómicas: en sucesiones, del 65% al 100% para familiares directos (con el 100% en hijos menores); en donaciones, el 65% para Grupos I y II.

Ejemplo práctico: un hijo mayor de 21 años recibe 100.000 € de seguro de vida y 100.000 € en bienes heredados. La base imponible total asciende a 200.000 €. Tras aplicar la reducción estatal y autonómica, se calcula la cuota según la tarifa progresiva. Finalmente, se aplica la bonificación autonómica (65-100%), que reduce drásticamente el pago final.

En conclusión, en Aragón el seguro de vida puede elevar la base imponible, pero las bonificaciones autonómicas marcan la diferencia real en el resultado final.

¿Qué reducciones, bonificaciones y plazos se aplican en Aragón?

En 2025, Aragón mantiene las reducciones y bonificaciones de 2024 gracias a la prórroga presupuestaria. Esto asegura continuidad y evita incertidumbre normativa.

Reducciones más relevantes:

  • Parentesco: grandes ventajas para descendientes menores de edad.
  • Discapacidad: hasta el 100% si la discapacidad es igual o superior al 65%.
  • Vivienda habitual: reducción especial cuando forma parte de la herencia.
  • Seguros de vida: reducción estatal de 9.195,49 € para Grupos I y II.

Bonificaciones:

  • En herencias (mortis causa): 65% a 100% según grado de parentesco y valor heredado.
  • En donaciones: 65% para familiares directos.

Plazos:

  • 6 meses desde el fallecimiento para presentar la autoliquidación.
  • Posibilidad de prórroga de hasta 6 meses más si se solicita dentro de los 5 primeros meses.
  • Presentar fuera de plazo implica recargos del 5% al 20% y, lo más importante, la pérdida del derecho a reducciones y bonificaciones.

Checklist práctico para herencias con seguro de vida en Aragón:

  • Notificar el fallecimiento a la aseguradora y obtener el certificado de seguros.
  • Calcular la base imponible incluyendo el capital del seguro.
  • Revisar reducciones y bonificaciones aplicables.
  • Presentar la autoliquidación en plazo o pedir prórroga.

Puntos clave para planificar tu herencia en Aragón

Planificar con antelación permite reducir el impacto del impuesto y aprovechar todas las ventajas que ofrece Aragón.

Los aspectos centrales son:

  • Regla de acumulación: el seguro de vida se suma al resto de bienes, lo que puede encarecer el impuesto.
  • Bonificaciones autonómicas: son el elemento que más reduce el pago final, en algunos casos hasta eliminarlo.
  • Parejas de hecho: en Aragón, la inscripción oficial permite tributar como cónyuges, con beneficios directos en reducciones y bonificaciones.
  • Cumplimiento de plazos: no es solo una obligación formal; es la condición para mantener las ventajas fiscales.
  • Asesoramiento: cada familia tiene una situación distinta; un experto puede optimizar las decisiones y evitar errores costosos.

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