Cuando heredas de un familiar que acaba de fallecer, necesitas saber qué vas a asumir con esa herencia antes de firmar nada ante notario. El inventario de bienes y deudas es el paso que te da esa información.

Aceptar sin comprobarlo tiene un coste real. Si las deudas superan el valor de los bienes, respondes con tu propio patrimonio.

En PuntoSeguro sabemos que gestionar esto no es fácil, sobre todo si todavía estás digiriendo la pérdida. Por eso te explicamos cómo hacer el inventario de bienes y deudas de tu herencia y qué opciones tienes según lo que encuentres. Y si lo que te preocupa es que tu propia familia pase por lo mismo el día de mañana, tu seguro de vida puede cubrir tus deudas para que no las hereden.

Puntos clave antes de aceptar la herencia

Esto es lo esencial antes de firmar la aceptación de la herencia:

  • Antes de aceptar la herencia, comprueba si el patrimonio de la persona fallecida cubre sus deudas.
  • Si aceptas sin hacerlo, puedes acabar pagando esas deudas con tu propio dinero.
  • Solicita el beneficio de inventario dentro de los 30 días desde que sabes que vas a heredar, antes de firmar la aceptación, para no tener que adelantar el dinero.

Qué es el inventario de bienes y deudas de una herencia

Según PuntoSeguro, el inventario de bienes y deudas de una herencia reúne y valora todo lo que tenía el fallecido, tanto el patrimonio como las deudas, antes de que decidas cómo aceptarla. Ese listado es la base para comparar lo que suma con lo que resta y decidir con seguridad.

El primer repaso puede ser informal, solo para hacerte una idea de si te compensa aceptar. El segundo es formal, se hace ante notario y es el paso obligatorio si quieres pedir el beneficio de inventario, la protección que limita tu responsabilidad a lo que heredas.

Los seguros de vida con beneficiario designado no entran en este reparto. El dinero va directo a la persona señalada en la póliza, aunque sí cuenta para el Impuesto de Sucesiones.

Qué debe contener el inventario de tu herencia

El inventario no empieza por los bienes, empieza por los papeles que demuestran que existen. Sin el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento no puedes tramitar nada. A partir de eso, tienes que separar lo que suma de lo que resta y ponerle una fecha límite a cada trámite.

Los documentos que necesitas antes de empezar

El certificado de últimas voluntades te dice si hubo testamento y ante qué notario se firmó, así que es el primer paso para pedir una copia autorizada. Sin él, no sabes si existe un testamento distinto al que la familia cree conocer.

El segundo documento imprescindible es el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Acredita qué pólizas de vida o accidentes tenía contratadas el fallecido y con qué aseguradora. Está disponible durante cinco años desde el fallecimiento.

Es habitual cometer el error de fiarse de lo que dice la familia sobre las deudas o las cuentas del fallecido, en vez de pedir estos certificados oficiales. La memoria familiar falla. Los papeles no.

Bienes, cuentas y seguros que entran en el inventario

Para los inmuebles hay que hacer dos consultas distintas. El Registro de la Propiedad certifica quién es el titular y qué cargas tiene la finca. El Catastro aporta la referencia catastral y el valor que Hacienda usa para calcular impuestos.

Las cuentas bancarias y los valores necesitan certificados de posiciones de cada entidad a fecha de fallecimiento. El banco puede exigir documentación sucesoria antes de facilitar esa información. Aun así, tiene la obligación de dársela a los herederos.

Los vehículos, las participaciones en empresas y los negocios propios completan la lista. Para un negocio familiar conviene revisar también los avales personales y quién puede firmar en el banco si el titular falta, más allá de la contabilidad.

Las deudas que también forman parte de la herencia

Las hipotecas, los préstamos personales, las tarjetas y los avales pesan tanto como cualquier bien a la hora de decidir. Puedes pedir el informe CIRBE a nombre de la persona fallecida acreditando tu condición de heredero con el DNI, el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades. El informe recoge préstamos, créditos y avales declarados por los bancos, aunque no incluye deudas con Hacienda, la Seguridad Social o particulares.

Esas otras deudas requieren que Hacienda y la Seguridad Social expidan certificados de estar al corriente de pago si se los solicitas.

Los plazos legales que no puedes perderte

Tienes 30 días desde que sabes que eres heredero para pedir ante notario la formación de inventario y acogerte al beneficio de inventario. Pasado ese plazo sin solicitarlo, pierdes la opción de limitar tu responsabilidad a lo que heredas.

Tienes también 6 meses desde el fallecimiento para presentar el Modelo 650 del Impuesto de Sucesiones, con posibilidad de pedir una prórroga de otros 5 meses si la solicitas dentro de los primeros 5.

Los recargos por presentar tarde este impuesto se acumulan cada mes, así que no conviene dejarlo para el último momento del plazo.

Qué pasa si no haces el inventario o lo haces mal

La aceptación de una herencia significa asumir también sus deudas con tu propio patrimonio. Si el fallecido debía más de lo que tenía, esa diferencia sale de tu bolsillo.

La diferencia entre aceptar y aceptar a beneficio de inventario está en quién paga si aparecen deudas después. Con el beneficio de inventario, tu responsabilidad se limita a lo que has heredado y tu patrimonio personal queda al margen.

Esa protección tiene una condición. Si omites bienes o derechos de forma dolosa en el inventario, o dispones de ellos sin seguir las reglas de administración, pierdes el beneficio y respondes con tu patrimonio como si hubieras aceptado sin él.

El inventario para repartir y el inventario para protegerte

Estos dos inventarios cumplen funciones distintas aunque compartan nombre. Uno ordena el reparto entre herederos. El otro te protege a ti frente a una herencia con más deudas que bienes.

El inventario particional se hace para organizar quién se queda con qué, normalmente con acuerdo entre todos los herederos y, si hay inmuebles, ante notario.

El segundo se hace también ante notario, pero sirve para limitar tu responsabilidad frente a las deudas del fallecido y exige cumplir plazos y formalidades concretas que el inventario particional no pide.

En la práctica, ambos suelen hacerse juntos para no duplicar gestiones. Pero si tu prioridad es protegerte de deudas desconocidas, necesitas el segundo.

Cuándo te conviene aceptar a beneficio de inventario

La decisión depende de cuánto sabes sobre lo que tenía la persona fallecida y de si hay indicios de deudas que no controlas.

Señales de que deberías pedirlo

Si no conocías bien la situación económica de la persona fallecida, el beneficio de inventario te da margen para comprobarlo sin comprometer tu patrimonio. Lo mismo si sospechas que tenía préstamos, avales o deudas con Hacienda que no has visto documentados en ningún sitio.

Un negocio o una actividad profesional propia del fallecido también es motivo suficiente. Las empresas arrastran deudas, avales personales y obligaciones fiscales que no siempre aparecen a simple vista.

Casos en los que puedes aceptar sin ese paso extra

Si el patrimonio del fallecido está bien documentado, sin hipotecas pendientes ni sospechas de deuda, la aceptación pura y simple suele bastar. Es habitual en herencias entre pocos herederos con bienes conocidos desde antes, como la vivienda familiar o cuentas que ya conocías.

Antes de renunciar a una herencia, comprueba con el inventario hecho que las deudas superan el valor de los bienes, más allá de lo que cuenta la familia. Muchas renuncias se firman por miedo a una deuda que, revisada con calma, resulta menor de lo que parecía.

Pasos para hacer el inventario de tu herencia

El inventario sigue un orden que conviene respetar para no dejarte nada importante fuera.

  1. Reúne toda la documentación disponible. Escrituras, notas simples, extractos bancarios, pólizas de seguro y cualquier papel que acredite bienes o deudas del fallecido.
  2. Clasifica cada elemento por titularidad. Un piso ganancial no se trata igual que uno privativo. Una cuenta cotitular tampoco se reparte igual que una de autorizado.
  3. Valora los bienes a fecha de fallecimiento. Cruza el valor de mercado con el catastral y con los certificados bancarios de posiciones.
  4. Calcula si hay liquidez suficiente. Compara lo que vas a heredar con los impuestos y las deudas que tendrás que afrontar antes de decidir.

Las cuentas bancarias de alguien fallecido no siempre son fáciles de localizar. España no tiene un buscador único de cuentas por titular, así que toca ir banco por banco con los certificados en la mano.

Checklist antes de aceptar la herencia

Antes de firmar la aceptación, repasa estos puntos con calma.

  • Certificados solicitados. Defunción, últimas voluntades y contratos de seguros de cobertura de fallecimiento.
  • Bienes localizados y valorados. Inmuebles, cuentas, vehículos y cualquier participación en empresas o negocios.
  • Deudas comprobadas. Informe CIRBE, certificados de Hacienda y de la Seguridad Social, hipotecas y avales.
  • Plazo del beneficio de inventario controlado. Los 30 días desde que sabes que eres heredero corren aunque no hayas decidido nada todavía.
  • Comunidad autónoma de tributación identificada. El Impuesto de Sucesiones depende de la comunidad autónoma donde tributa la herencia, que no siempre coincide con donde vives tú.

Si algún punto de esta lista sigue en blanco, todavía no tienes información suficiente para aceptar con seguridad.

Si heredas un inmueble con hipoteca, heredas también la deuda

La mayoría de las herencias en España combinan patrimonio inmobiliario con deuda pendiente. Eso convierte el inventario en el primer paso antes de decidir.

Según datos del Banco de España, el 70,6 % de los hogares españoles era propietario de su vivienda principal a finales de 2024, con un valor mediano de 170.000 €. De ellos, el 25 % tenía todavía deuda pendiente por su compra, con una deuda mediana de 60.900 €.

Si heredas una vivienda, es probable que heredes también la hipoteca que la acompaña. No puedes separar una cosa de la otra sin hacer antes el inventario.

Lo que recomienda PuntoSeguro sobre el inventario de tu herencia

El inventario es la herramienta que te dice si te conviene aceptar la herencia, aceptarla a beneficio de inventario o renunciar a ella. Sin él, decides a ciegas sobre algo que puede comprometer tu propio patrimonio durante años, mucho después de haber firmado.

Nuestra recomendación práctica es empezar por los certificados antes que por las cuentas. Con el certificado de últimas voluntades y el de contratos de seguros en la mano, el resto del inventario se ordena porque ya sabes dónde mirar y qué preguntar en cada sitio.

Revisa también quién es el beneficiario de tus propios seguros de vida cada vez que cambie algo importante en tu familia. Muchas designaciones se quedan desactualizadas después de un divorcio o del nacimiento de un hijo, y nadie se da cuenta hasta que ya es tarde.

Un seguro de vida te ayuda a dejar deudas cubiertas

Todo lo que acabas de leer es el proceso que tu familia tendría que hacer si a ti te pasara algo mañana. Un seguro de vida puede evitar que hereden tus deudas junto con tus bienes.

En PuntoSeguro comparamos pólizas de más de 10 aseguradoras porque somos una correduría independiente, con gestión 100 % digital y firma electrónica incluida. Esa independencia se refleja en una valoración de 4,8/5 en Trustpilot, después de más de 20 años ayudando a comparar seguros de vida en España.

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Contratar lleva tres pasos que puedes completar en una sola sesión.

  1. Compara pólizas en el comparador de seguros de vida. Indica tu edad, el capital que quieres asegurar y tus condiciones de salud.
  2. Elige la opción que mejor se adapte a ti. Revisa coberturas, precio y condiciones de renovación antes de decidir.
  3. Firma de forma digital. Todo el proceso se completa online, sin desplazamientos ni papeleo físico.

Puedes completar todo el proceso sin moverte de casa.

Preguntas frecuentes sobre el inventario de bienes y deudas de una herencia

¿Es obligatorio hacer un inventario para aceptar una herencia?

Hacer el inventario no es obligatorio en la mayoría de los casos, salvo que quieras acogerte al beneficio de inventario o vivas en una comunidad autónoma con reglas forales que sí lo exigen para ciertos herederos. Fuera de esos supuestos, puedes aceptar la herencia sin inventario formal, aunque hacerlo por tu cuenta te protege de sorpresas si aparecen deudas que no conocías.

¿Qué pasa si descubro una deuda después de aceptar la herencia?

Si aceptaste la herencia de forma pura y simple, esa deuda pasa a formar parte de tu responsabilidad personal, sin límite en el patrimonio heredado. Si aceptaste a beneficio de inventario, tu responsabilidad sigue limitada a lo que heredaste, siempre que no hayas omitido esa deuda de forma dolosa en el inventario original.

¿El seguro de vida entra en el inventario de la herencia?

El seguro de vida con beneficiario designado no se reparte como el resto de bienes de la herencia, porque el capital va directo a la persona señalada en la póliza. Sí cuenta para calcular el Impuesto de Sucesiones que debe pagar esa persona beneficiaria, aunque no forme parte del caudal hereditario que se reparte entre los herederos.

¿Cuánto tiempo tengo para pedir el beneficio de inventario?

Tienes 30 días desde que sabes que eres heredero para pedir el beneficio de inventario ante notario, un plazo que corre independientemente de si ya has decidido qué hacer con la herencia. Pasado ese plazo sin pedirlo, pierdes la opción de limitar tu responsabilidad a los bienes heredados y respondes con tu propio patrimonio si hay deudas.

¿Qué pasa si no me pongo de acuerdo con otros herederos sobre el inventario?

Si los herederos no llegan a un acuerdo sobre el reparto, cualquiera de ellos puede solicitar la división judicial de la herencia, un proceso que incluye la intervención e inventario del caudal hereditario ante el juzgado. Es más lento y costoso que un acuerdo notarial, así que conviene agotar antes la vía del pacto entre herederos.