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¿El autónomo tiene que declarar la indemnización de un seguro de baja temporal?

Cómo el ejercicio físico previene la demencia

Eva María Rodríguez |

¿Eres autónomo? Imagina que por enfermedad o accidente te ves obligado a estar de baja y cobra una indemnización por ello. ¿Sabes si tienes que declarar esa indemnización por incapacidad temporal que has cobrado?

Si eres autónomo y no sabes la respuesta, probablemente hayas pensando: «no lo sé, pero seguro que sí, como siempre». Si eres de los que ha pensado algo así, enhorabuena, esa intuición que alimenta tu capacidad emprendedora no falla.

Hay que aclarar que no tributan todas las indemnizaciones que derivan de un contrato de seguro, no vayamos a pensar que hay que declarar todo el dinero que entra en la cuenta del autónomo, faltaba más. Lo vemos en este artículo.

[ACTUALIZADO]

Seguros de baja laboral para autónomos

Los seguros de baja laboral  para autónomos garantizan una indemnización económica  en caso que sufra una incapacidad temporal por enfermedad o accidente. Este tipo de seguros para autónomos pueden ser baremados (se recibe cantidad fija en función del tipo de enfermedad, dolencia o incapacidad y no baremados (la indemnización se paga en función del tiempo que se esté de baja).

Fiscalidad de las indemnizaciones por incapacidad temporal

En realidad, la pregunta que deberíamos haber hecho es cómo tributan las indemnizaciones del seguro de baja temporal de los autónomos.

Por otra parte, en lo que se refiere a indemnizaciones de seguros, si el autónomo tiene que declarar o no dicha indemnización depende de la naturaleza del seguro. En el caso de la indemnización por incapacidad temporal de estos seguros, el motivo por el que es obligatorio declarar dicho ingreso es porque se considera un incremento del patrimonio, ya que se percibe una cantidad fija, independiente de los gastos de asistencia médica originados por la baja. Por lo tanto, al ser un incremento patrimonial, la cantidad percibida tributa en el IRPF en la base imponible general.

Pero esto solo sería así en el caso de que la baja no derivara en invalidez o la invalidez fuera  inferior al 33%. Si, por el contrario, la baja derivara en una invalidez superior al 33%, la indemnización ya no se consideraría ganancia patrimonial, sino que habría que declararla como rendimiento del capital mobiliario en la base imponible del ahorro.

Si quiere recibir más información sobre los seguro se baja laboral para autónomo contacta con nosotros aquí. 

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