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¿Qué seguro se necesita para conducir un quad?

se necesita seguro para conducir un quad

Eva María Rodríguez |

Los quads son vehículos de motor . Por tanto, para conducirlos es obligatorio disponer de un seguro específico para este tipo de vehículos con las coberturas mínimas de responsabilidad civil de un seguro de quad.

Sin embargo, si tenemos en cuenta que la conducción de un quad conlleva muchos riesgos para el conductor, cada vez son más los usuarios que contratan otro tipo de coberturas adicionales. Después de todo, el riesgo de perder el control conduciendo un quad es muy alto, así como de sufrir un vuelco.

Tipos de cuatriciclos

Hay tres modalidades diferentes de quads. Por una parte están los cuadriciclos ligeros, que se caracterizan por tener una masa inferior a 350 kg. La velocidad máxima que pueden desarrollar no puede ser superior a 45 Km/h. Para los motores de explosión la cilindrada será inferior o igual a 50 cc. Para otro tipo de motores la potencia máxima neta será inferior o igual a 4 KW. Para su conducción es necesario estar en posesión de un permiso de conducir de la clase AM, A1, A2, A o B.

Los siguientes son los cuadriciclos no ligeros, que cuenta con una masa inferior a 400 kg, o igual a 550 kg si se trata de un vehículo destinado al transporte de mercancías, y una potencia es inferior o igual a 15 kW. Es necesario disponer del permiso de la clase B para conducirlos.

En tercer lugar encontramos los considerados como vehículos especiales, los cuales han sido concebidos para efectuar determinados servicios. En la tarjeta de inspección técnica figurará este requisito.  Las normas que regulan a estos vehículos son las mismas que regulan la circulación con carácter general . Podrán circular sin limitaciones dentro de sus respectivos radios de acción cuando sus masas o dimensiones no excedan de las establecidas en el reglamento. Además, estos vehículos no deben rebasar las siguientes veloci­dades:

  • 25 km/h para vehículos que carecen de señalización de frenado.
  • 40 km/h, para el resto
  • 70 km/h. cuando puedan desarrollar por construcción una velocidad superior a 60 km/h en llano.

Para conducir este tipo de quad es necesario disponer del permiso de la clase B.

Coberturas de los seguros para quad

L a única cobertura de seguro obligatoria para los quads es la de responsabilidad civil que cubre los daños a las personas y bienes causados ​​a los afectados por accidentes. Pero cada vez son más las aseguradoras que ofrecen productos para quads bastante completos que amplían las coberturas básicas. De hecho, nadie ignora que los seguros que cubren la responsabilidad civil obligatoria se quedan cortos.

Por eso es muy recomendable contratar coberturas como la responsabilidad civil voluntaria , que amplía la indemnización a terceros en caso de accidente hasta los 50 millones de euros. También es muy recomendable contratar la cobertura de accidentes del conductor, que ofrece garantías en caso de accidente por cuenta propia y sin intervención de un adversario.

Una cobertura que es importante evaluar es la asistencia en carretera . Es común conducir este tipo de vehículos por zonas de difícil acceso, como rutas rurales. Pero las aseguradoras no suelen incluir estas zonas en sus coberturas de asistencia en carretera, reduciendo los servicios a autovías y carreteras, por lo que debes revisar detenidamente las condiciones y tener en cuenta qué tipo de uso haces del vehículo.

Otra cobertura que puedes contratar es la de robo e incendio . Al igual que esta cobertura en el caso de otros vehículos, como los turismos, esta cobertura cubre la pérdida del quad o cualquiera de sus elementos en caso de robo, así como los daños causados ​​al vehículo en caso de intento de robo. En cuanto a la cobertura de incendio, estarían cubiertos los provocados por la caída de un rayo, una explosión, un defecto de fabricación o un mantenimiento deficiente del vehículo.

Por último, pero no menos importante, se encuentra la valoración de la  cobertura de defensa jurídica , que cubre los litigios judiciales por siniestros e incluye los honorarios y gastos de abogados, peritos y notarios, así como una fianza hasta el límite contratado para la puesta en libertad provisional del asegurado. .

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