La pensión de orfandad es la prestación de la Seguridad Social que reciben los hijos cuando fallece su padre o su madre. Casi todas las familias saben que existe, pero pocas saben a cuánto asciende, hasta qué edad se cobra o qué ocurre cuando hay varios hermanos. Esa duda aparece en dos momentos muy distintos: cuando hay que tramitarla tras un fallecimiento y cuando un padre se pregunta qué recibirían sus hijos si él faltara.
Las cuantías cambian cada año con la revalorización de las pensiones, y todavía circulan importes y requisitos de ejercicios anteriores. Para hacer cuentas fiables hay que partir de las cifras vigentes en 2026.
La pensión pública cubre una parte de las necesidades de los hijos. Si quieres saber cuánto costaría reforzar esa protección con un seguro de vida, en el comparador de seguros de vida de PuntoSeguro puedes ver en un minuto precios y coberturas de varias aseguradoras para el capital que elijas.
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La pensión de orfandad en pocas líneas
La pensión de orfandad es la paga mensual que la Seguridad Social reconoce a los hijos de una persona fallecida. Cada hijo cobra el 20 % de la base reguladora del progenitor, con un mínimo de 286,50 euros al mes en 2026, y la recibe hasta los 21 años, o hasta los 25 en algunos casos.
Tienen derecho los hijos de una persona que estaba de alta en la Seguridad Social al fallecer, aunque llevara poco tiempo cotizando. Si el hijo tiene una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, no hay límite de edad. Si fallecen los dos progenitores, la pensión de cada hijo aumenta con el porcentaje que habría correspondido a la viudedad.
Se solicita en el INSS. Si se pide en los tres meses siguientes al fallecimiento, se cobra desde el día siguiente a la muerte. En septiembre de 2026, la pensión media de orfandad era de unos 552 euros al mes.
Qué protege la pensión de orfandad y quién la paga
La pensión de orfandad es una prestación contributiva por muerte y supervivencia que la Ley General de la Seguridad Social reconoce a los hijos del fallecido, sea cual sea su filiación. La paga el INSS, el Instituto Social de la Marina o la mutua, según el régimen del fallecido y la causa de la muerte.
Que sea contributiva significa que su importe depende de lo que cotizó el progenitor, no de los ingresos de la familia. Las rentas solo cuentan en dos casos: entre los 21 y los 25 años, para mantener el derecho, y cuando la pensión necesita el complemento que la eleva hasta el mínimo.
En el lenguaje de la Seguridad Social, el progenitor fallecido es el causante y los hijos son los beneficiarios. La pensión es compatible con que el progenitor superviviente trabaje o cobre una pensión de viudedad.
¿Quién tiene derecho a la pensión de orfandad?
Tienen derecho a la pensión de orfandad los hijos del fallecido menores de 21 años, los menores de 25 que no trabajan o ganan menos del salario mínimo y los incapacitados para trabajar, sin límite de edad. El progenitor fallecido también debe cumplir unos requisitos, que dependen de su situación laboral.
Hasta qué edad tienen derecho los hijos a la pensión de orfandad
Con carácter general, la pensión de orfandad se cobra hasta los 21 años. Se amplía hasta los 25 si el hijo no trabaja o sus ingresos anuales son inferiores al salario mínimo interprofesional, que en 2026 es de 17.094 euros al año, y no tiene límite si el hijo tiene una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
El salario mínimo de referencia es el que fija el Real Decreto 126/2026: 1.221 euros al mes en 14 pagas. El cómputo es anual, de modo que un trabajo de verano o a tiempo parcial no hace perder la pensión si el total del año queda por debajo de esa cifra.
Si el hijo está estudiando y cumple 25 años durante el curso, la Seguridad Social mantiene la pensión hasta el primer día del mes siguiente al inicio del curso académico siguiente. Da igual que los hijos sean matrimoniales, no matrimoniales o adoptivos.
Pensión de orfandad de los hijos del cónyuge y del hijo póstumo
Los hijos que el cónyuge superviviente aportó al matrimonio también pueden cobrar la pensión de orfandad del fallecido. La Seguridad Social exige que el matrimonio se celebrara al menos dos años antes del fallecimiento y que hubiera convivencia y dependencia económica. El hijo que nace después del fallecimiento del progenitor también tiene derecho a la pensión.
En el caso de los hijos del cónyuge, se exige además que no cobren otra pensión pública. Conviene reunir el certificado de empadronamiento o de convivencia, porque es la forma habitual de acreditar que vivían con el fallecido.
Requisitos del progenitor fallecido para causar la pensión de orfandad
Si el progenitor estaba de alta o en situación asimilada al fallecer, la pensión de orfandad no exige un periodo mínimo de cotización. Si no estaba de alta, se piden 15 años cotizados a lo largo de su vida laboral. Los pensionistas de jubilación o de incapacidad permanente generan el derecho sin requisitos adicionales.
La regla sin cotización previa se aplica a los fallecimientos ocurridos desde el 1 de enero de 2008. Antes de esa fecha, a quien fallecía de alta por enfermedad común se le exigían 500 días cotizados en los cinco años anteriores, y ese requisito todavía aparece en algunas guías sin actualizar.
Cuando la muerte se debe a un accidente de trabajo o a una enfermedad profesional, tampoco se exige cotización previa. Además, cada hijo recibe una indemnización especial equivalente a una mensualidad de la base reguladora, según la guía de orfandad de la Seguridad Social.
El error más repetido es pensar que el progenitor necesitaba años cotizados: si estaba de alta al fallecer, ese requisito no se exige.
Cuánto se cobra de pensión de orfandad en 2026
La cuantía de la pensión de orfandad en 2026 depende de la base reguladora del progenitor fallecido, del número de hijos y de si existe pensión de viudedad. El Estado fija además unos mínimos para cada hijo, que se revalorizaron este año por encima de la subida general del 2,7 % aplicada al resto de pensiones.
La pensión de orfandad es el 20 % de la base reguladora
Cada hijo cobra como pensión de orfandad el 20 % de la base reguladora del progenitor fallecido, tenga uno o varios hermanos. Es la misma base que se usa para la pensión de viudedad, y se calcula de forma distinta si el fallecido trabajaba, si ya era pensionista o si murió por un accidente de trabajo.
Si el fallecido trabajaba, la base es el resultado de dividir entre 28 sus bases de cotización de 24 meses seguidos, elegidos por la familia dentro de los 15 años anteriores, según la guía de viudedad de la Seguridad Social. Si era pensionista, se toma la base de su pensión. En los accidentes de trabajo se parte del salario real.
La pensión se cobra en 14 pagas, con extraordinarias en junio y noviembre. Cuando el fallecimiento deriva de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, se cobra en 12 pagas con las extras prorrateadas. Ninguna pensión pública puede superar en 2026 los 3.359,60 euros al mes, según el Real Decreto 241/2026.
Cuantías mínimas de la pensión de orfandad en 2026
Cuando el 20 % de la base reguladora da una cifra baja, la Seguridad Social completa la pensión de orfandad hasta un mínimo. En 2026 ese mínimo es de 4.011 euros al año por hijo, 286,50 euros en cada una de las 14 pagas, siempre que los ingresos del beneficiario no superen el límite fijado.
| Concepto | Euros/año (14 pagas) | Euros/mes |
|---|---|---|
| Mínimo por hijo | 4.011,00 | 286,50 |
| Hijo menor de 18 años con discapacidad igual o superior al 65 % | 7.882,00 | 563,00 |
| Incremento por orfandad absoluta (se reparte entre hermanos) | 9.931,60 | 709,40 |
| Huérfano absoluto único (mínimo más incremento) | 13.942,60 | 995,90 |
| Prestación de orfandad por violencia contra la mujer, un hijo | 11.603,20 | 828,80 |
| Prestación de orfandad por violencia contra la mujer, varios hijos (a repartir) | 19.559,68 | 1.397,12 |
Fuente: Anexo I del Real Decreto 241/2026. La fila del huérfano absoluto único suma el mínimo por hijo y el incremento.
Para cobrar el complemento, los rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas no pueden superar 9.442 euros al año. En las pensiones causadas desde 2013 se exige además residir en España, y el complemento no puede superar la pensión no contributiva, fijada en 8.803,20 euros anuales.
Conviene no confundir dos cifras que se cruzan a menudo. Los 828,80 euros al mes corresponden a la prestación de orfandad por violencia contra la mujer. El mínimo de un huérfano absoluto único es de 995,90 euros.
Ejemplos de cálculo de la pensión de orfandad con uno y con dos hijos
Los ejemplos siguientes muestran cómo se aplica la pensión de orfandad sobre bases reguladoras ilustrativas, elegidas para el cálculo y no tomadas de casos reales. Sirven para entender la mecánica del 20 %, del límite conjunto y de los mínimos. La cuantía concreta de cada caso la fija siempre el INSS.
- Viudedad y dos hijos, base reguladora de 1.800 euros. La viudedad, al 52 %, es de 936 euros. Cada hijo cobra el 20 %, 360 euros al mes. Entre todos suman el 92 % de la base, por debajo del límite.
- Un hijo, base reguladora de 900 euros. El 20 % da 180 euros al mes. Si el hijo cumple el límite de ingresos y reside en España, la Seguridad Social completa la pensión hasta 286,50 euros, o hasta 563 euros si es menor de 18 años con una discapacidad igual o superior al 65 %.
Pensión de orfandad simple, absoluta y por violencia contra la mujer
La pensión de orfandad cambia según la situación familiar. En la orfandad simple ha fallecido uno de los progenitores y el hijo cobra el 20 %. En la absoluta faltan los dos, o el único conocido, y se suma el porcentaje de viudedad. Los hijos de mujeres fallecidas por violencia contra la mujer tienen además una protección reforzada.
Según el Real Decreto 296/2009, si al morir el causante no hay beneficiario de viudedad, la pensión de cada hijo se incrementa con el 52 % de la base reguladora. Si el progenitor superviviente fallece después siendo pensionista de viudedad, se suma el porcentaje que cobraba. Con varios hermanos, el incremento se reparte a partes iguales, y el huérfano de un solo progenitor conocido se asimila al absoluto.
Con una base reguladora ilustrativa de 1.500 euros, un huérfano absoluto único cobraría el 72 %, 1.080 euros al mes. Con dos hermanos, cada uno cobraría el 20 % más la mitad del 52 %, es decir, el 46 %: 690 euros al mes. Si la base fuera baja, el mínimo de dos huérfanos absolutos sería de 641,20 euros cada uno, la suma de 286,50 euros y la mitad de 709,40.
Hay un supuesto que suele generar reclamaciones. Cuando el otro progenitor vive pero no cobra viudedad porque no estaba casado ni inscrito como pareja de hecho, los tribunales han exigido con carácter general que la orfandad sea absoluta para conceder el incremento.
En la orfandad por violencia contra la mujer, el artículo 224 de la Ley General de la Seguridad Social eleva el incremento al 70 % cuando las rentas de la familia, divididas entre sus miembros, no superan el 75 % del salario mínimo. Si la madre no había cotizado lo suficiente, los hijos cobran la prestación de orfandad, con un 70 % de su base, un conjunto que puede llegar al 118 % y los mínimos de la tabla anterior.
Cómo se reparte la pensión de orfandad entre varios hermanos cuando hay viudedad
La suma de la pensión de viudedad y de todas las pensiones de orfandad no puede superar el 100 % de la base reguladora del fallecido. Con viudedad del 52 % y tres o más hermanos, ese tope obliga a reducir la parte de cada hijo, aunque el mínimo garantizado se sigue respetando.
Con una base reguladora ilustrativa de 1.500 euros, la pensión de viudedad al 52 % es de 780 euros. Tres orfandades al 20 % sumarían otro 60 %, y el total llegaría al 112 %. El exceso se recorta de las orfandades: quedan 48 puntos para repartir entre los tres, un 16 % para cada uno, 240 euros al mes. Si cumplen el límite de ingresos, cada hijo tiene derecho al complemento hasta 286,50 euros.
Cuando la viudedad es del 60 % o del 70 %, el artículo 229 de la Ley General de la Seguridad Social permite rebasar el 100 %, pero el conjunto de las orfandades no puede pasar del 48 % de la base reguladora.
Cuando hay pensión de viudedad, a partir del tercer hijo cada hermano cobra menos del 20 %, porque el límite se reparte y no se amplía.
Cuándo se suspende o se extingue la pensión de orfandad
La pensión de orfandad se suspende cuando un hijo de entre 21 y 25 años gana más que el salario mínimo anual, y se recupera cuando sus ingresos vuelven a bajar. Se extingue al cumplir la edad límite, por adopción, por matrimonio, por el cese de la incapacidad o por fallecimiento.
La suspensión no hace perder el derecho. El pago se reanuda cuando termina el contrato, cesa la actividad o los ingresos del año vuelven a quedar por debajo del límite, siempre que el hijo no haya cumplido todavía los 25 años.
El matrimonio extingue la pensión, salvo que el hijo tenga una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. La adopción también la extingue, salvo en algunos supuestos de huérfanos de violencia contra la mujer en los que la ley permite mantenerla.
Si la pensión se extingue por edad, incapacidad, adopción o matrimonio y el hijo no ha llegado a cobrar 12 mensualidades, la Seguridad Social le abona de una vez la cantidad necesaria para completarlas.
Cómo y cuándo solicitar la pensión de orfandad
La pensión de orfandad se solicita en el INSS, por su sede electrónica o con cita previa en un centro de atención, o en el Instituto Social de la Marina si el fallecido trabajaba en el mar. Si se pide dentro de los tres meses siguientes al fallecimiento, se cobra desde el día siguiente a la muerte.
Si el fallecido era pensionista, la pensión se cobra desde el primer día del mes siguiente. Cuando la muerte deriva de un accidente de trabajo, la gestión se hace con la mutua que cubría ese riesgo.
- Reúne la documentación. Documento de identidad del solicitante, libro de familia o certificados de nacimiento y certificado de defunción. Según el caso, empadronamiento o convivencia, declaración de ingresos del hijo y resolución de discapacidad o incapacidad.
- Presenta la solicitud. Por la sede electrónica, con certificado digital o Cl@ve, o en un centro de atención con cita previa.
- Pide a la vez todo lo que corresponda. La viudedad del progenitor superviviente, las orfandades de todos los hijos y, si la cuantía es baja, el complemento a mínimos.
En PuntoSeguro recomendamos presentar la solicitud aunque falte algún documento, porque cada mes de retraso fuera del plazo de tres meses ya no se recupera.
Qué parte de los gastos de una familia cubre la pensión de orfandad
La pensión de orfandad es la de menor cuantía del sistema. En septiembre de 2026 había 335.900 pensiones de orfandad y su importe medio rondaba los 552 euros al mes, algo más de un tercio de la pensión media de jubilación, que se situaba en 1.576,1 euros, según la Seguridad Social.
Esa media resulta de dividir la nómina mensual de orfandad, 185,5 millones de euros, entre el número de pensiones que publica la Seguridad Social. El mínimo por hijo, 4.011 euros al año, ni siquiera llega a la mitad de la pensión no contributiva.
El efecto en una familia se ve mejor con un ejemplo. Un progenitor con una base reguladora de 1.800 euros deja a cada hijo 360 euros al mes. El hogar pierde un sueldo completo, la hipoteca y los gastos escolares siguen igual, y la pensión se reduce o desaparece entre los 21 y los 25 años, justo cuando muchos jóvenes siguen estudiando.
Por eso las prestaciones públicas de viudedad y orfandad suelen funcionar como un suelo de ingresos para la familia.
Una pensión de orfandad media no cubre por sí sola los gastos de un hijo en un hogar que acaba de perder un sueldo.
Qué cubre un seguro de vida que no cubre la pensión de orfandad
Un seguro de vida entrega a los beneficiarios un capital que fija quien lo contrata, mientras que la pensión de orfandad depende de lo que cotizó el progenitor y se reparte en pagas mensuales, normalmente limitadas en el tiempo. Por eso el seguro se usa para cubrir lo que la pensión no llega a atender.
El capital de un seguro de vida lo decide quien lo contrata; la pensión de orfandad la decide su base de cotización.
Los usos más habituales de ese capital son cuatro:
- Cancelar o reducir la hipoteca, para que el hogar no dependa de un solo sueldo para pagarla. La forma de calcular el capital del seguro de vida para la hipoteca parte de la deuda pendiente.
- Sostener los estudios más allá de los 25 años o cuando el hijo empieza a trabajar y pierde la pensión.
- Cubrir los primeros meses, mientras la pensión se tramita y la familia reorganiza sus gastos.
- Mantener el nivel de vida del progenitor superviviente, que asume solo todos los gastos de la casa.
Para que el seguro cumpla esa función, el punto de partida es calcular el capital asegurado a partir de las necesidades reales de la familia, restando lo que aportarían las pensiones públicas.
Calcular la pensión de orfandad antes de necesitarla
PuntoSeguro aconseja estimar la pensión de orfandad que recibirían los hijos antes de contratar un seguro de vida. Basta con aplicar el 20 % a una aproximación de la propia base de cotización y comparar el resultado con lo que cuesta cada hijo al mes. La diferencia orienta el capital que conviene asegurar.
Las bases de cotización propias se consultan en el portal Import@ss de la Tesorería General de la Seguridad Social. La estimación tiene límites que conviene tener presentes: no incluye el recorte que se aplica cuando hay viudedad y tres o más hijos, y deja de valer cuando cambia la situación familiar.
El cálculo tiene sentido repetirlo con cada cambio importante: el nacimiento de un hijo, una hipoteca nueva o un salto en el sueldo. La calculadora de capital de PuntoSeguro ayuda a traducir esa diferencia en una cifra asegurada.
Desde PuntoSeguro aconsejamos fijar el capital del seguro de vida a partir de lo que la pensión de orfandad no va a cubrir.
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Preguntas frecuentes sobre la pensión de orfandad
¿La pensión de orfandad tributa en el IRPF?
La pensión de orfandad no tributa en el IRPF cuando el beneficiario es menor de 22 años o está incapacitado para todo trabajo. Así lo establece el artículo 7.h) de la Ley del IRPF, que declara exentas estas pensiones de la Seguridad Social y de Clases Pasivas. Entre los 22 y los 25 años conviene revisar cómo aparece la pensión en el certificado fiscal del INSS antes de dar por hecha la exención.
¿Quién cobra la pensión de orfandad si el hijo es menor?
La pensión de orfandad de un hijo menor la cobra la persona que lo tiene a su cargo, normalmente el progenitor que sobrevive o el tutor. La Ley General de la Seguridad Social prevé que se abone a quien tenga a su cargo al beneficiario. Si la entidad de protección de menores constata una situación de desamparo, la pensión se paga a quien tenga atribuida su guarda.
¿Tengo que avisar a la Seguridad Social si cambian mis ingresos?
Sí, hay que avisar a la Seguridad Social si cambian los ingresos de quien cobra la pensión de orfandad con complemento a mínimos y superan los 9.442 euros anuales, en el plazo de un mes. Si después se comprueba que las rentas del año superaron ese límite, todo el complemento cobrado se considera indebido y hay que devolverlo, aunque se haya avisado.
¿Se puede cobrar la pensión de orfandad de los dos padres a la vez?
Sí, se puede cobrar la pensión de orfandad de los dos padres a la vez, una por cada progenitor, aunque sean del mismo régimen. La única restricción es que el incremento por orfandad absoluta, que suma el porcentaje de viudedad, solo se aplica a una de ellas. Cada pensión se calcula sobre la base reguladora de su propio progenitor.
¿Qué pasa si pido la pensión de orfandad tarde?
Si la pensión de orfandad se pide pasados los tres meses siguientes al fallecimiento, se reconoce igualmente, pero solo se cobran con carácter retroactivo los tres meses anteriores a la solicitud. El derecho no se pierde por el retraso mientras el hijo siga cumpliendo los requisitos de edad e ingresos. Lo que se pierde son las mensualidades anteriores a ese margen.
¿Cuánto cuesta un seguro de vida para proteger a mis hijos?
El precio de un seguro de vida para proteger a los hijos depende sobre todo de la edad de quien lo contrata, del capital asegurado y de las coberturas que se añadan, como la invalidez. Por eso no hay una cifra única: lo razonable es calcular primero el capital que la familia necesitaría y comparar después precios de varias aseguradoras para ese mismo importe.
Este artículo tiene finalidad divulgativa y no constituye asesoramiento personalizado. PuntoSeguro es una marca de seguros con productos propios y precio, que se contratan y gestionan online. Las cuantías y requisitos de la pensión de orfandad corresponden a la normativa vigente en octubre de 2026, y el reconocimiento de cada caso corresponde al INSS. Las coberturas, exclusiones y precios de cada seguro de vida son los que figuran en su condicionado y en la documentación precontractual, que conviene leer antes de contratar.