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Consulta sobre factura de daños estéticos a primer riesgo

Consulta sobre factura de daños estéticos

Artículos sobre Seguros de Hogar

En este artículo compartimos la respuesta a un cliente que nos remitió una consulta referente a una factura de daños estéticos a primer riesgo. ¿Es necesario reparar el daño y aportar la factura para hacer efectiva la indemnización por el daño estético?

[ACTUALIZADO]

Daños estéticos a primer riesgo

He tenido un siniestro en el cuarto de baño, y conforme a las coberturas de mi póliza de seguro de hogar me tendrían que reponer todo los azulejos. Sin embargo ha vendido el perito de la compañía aseguradora, y me dice que van a indemnizarme ya que el presupuesto de la reparación asciende a 2.200 € y mi cobertura para daños estéticos tiene un límite de 1.500 € por lo que me ingresarían tal cantidad en mi cuenta.

Ahora la aseguradora me dice que para ingresarme la cantidad en mi cuenta debo presentar la factura de la reparación de arreglo estético.

¿Qué pasa si no tengo dinero para arreglarlo? ¿Es legal la actuación de la compañía? ¿Los 1.500 € incluyen IVA?

 Respuesta

En este caso, le sugiero que revise las condiciones generales de su póliza, ya que lo normal es que se mencione expresamente la necesidad de reparar el daño para hacer efectiva la indemnización por el daño estético.

Esta actuación de las entidades viene dada pues al ser una indemnización a primer riesgo da lo mismo en cuanto hubiera superado la cantidad con cargo a la compañía pero si requiere que el bien se reparé y posteriormente cuando se acredité la reparación se le ingrese la cantidad en su cuenta.

Por lo tanto entendemos que la actuación de la compañía es absolutamente legal, siempre que se haya hecho constar en las condiciones lo comentado anteriormente.

Los 1.500 € son una contribución al daño y no hay matiz en el IVA, pues la factura al tenerla que pagar usted es una indemnización para recuperar la armonía que el bien tenía antes de que ocurriera el siniestro.

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Escrito por:
Julio Rodríguez Burgos

Julio Rodríguez Burgos

Especialista en Seguros. Más de 30 años de experiencia en el sector asegurador en el mercado Español y Latinoamerica.

8 comments on "Consulta sobre factura de daños estéticos a primer riesgo"

  • Jesús
    31 de octubre de 2021 a las 9:54 am
    Hola, tengo una consulta que espero que puedan resolver. He tenido daño por agua en dos frentes de cajones de mi cocina. Mí póliza me cubre 1200€ de daños estéticos con dos casos no cubiertos (daños en otras estancias o que no existiera composición estética previa, que sí que existe).Mi seguro no acepta mi reclamación de daño estético alegando que mi mueble es blanco brillo y aunque NO se pueda conseguir el mismo tono de blanco (confirmado por la empresa que me enviaron ellos, y después, por la misma empresa que me monto la cocina, a la que llamé yo posteriormente por si tenían el mismo mueble aún), el cambio del tono en el color por el paso del tiempo no se tiene en cuenta para el daño estético. Me ponen el ejemplo, que me correspondería daño estético si ya no existieran muebles blanco brillo. En mi póliza no especifica absolutamente nada al respecto de eso. En mi póliza tampoco se específica que es exactamente un daño estético.Yo considero que tener dos frentes de cajones con un tono de blanco diferente al resto es un daño estético.Me sabrían decir si tengo yo razón y puedo reclamarlo o debo asumir yo ese gasto. ¡Muchas gracias!
    • Eva María Rodríguez
      4 de noviembre de 2021 a las 7:09 pm
      Hola, Jesús. Sería cuestión de revisar a fondo la póliza. Le recomiendo que lo hable con su mediador de seguros para que le asesore. En cualquier caso, no pierde nada por reclamar.
  • Vanessa
    28 de junio de 2021 a las 11:17 am
    Hola. ¿Tiene el seguro algún plazo máximo para abonar la indemnización por daños estéticos? Hace más de 2 meses que les envié las facturas y las fotos y hace un mes que vino el perito a hacer las comprobaciones. Cada vez que llamo solo saben poner excusas de que están con otros siniestros, que ya me contestan, etc...y no me dicen nada. Cuando pregunto por el plazo, me dicen que como ya ha pasado mucho tiempo da igual....El siniestro fue a finales de octubre de 2019. Por varias reclamaciones que tuve que hacer, no me abonaron la parte de los bienes directamente afectados hasta abril de 2020, y por la pandemia, hasta ahora no he podido hacer la reparación estética (puertas). Gracias.
    • Eva María Rodríguez
      28 de junio de 2021 a las 12:37 pm
      Hola, Vanesa: Según la Ley de Contrato de Seguro (artículo 18) la aseguradora tiene 40 dias para pagar las indemnizaciones. Y, según el artículo 20, si se retrasa tiene que pagar intereses de demora. Pero tiene que poner una reclamación.
  • Vanesa
    11 de octubre de 2020 a las 4:07 am
    Hola mi compañía aseguradora me solicita la factura y fotografías de la sustitución de los azulejos del baño para indemnizarme mis estéticos. Es legal que condicionen el pago a la presentación de fotografías? Entiendo que con la factura seria suficiente, es así?. Gracias
    • Eva María Rodríguez
      13 de octubre de 2020 a las 10:55 am
      Hola, Vanesa: Si no fue un perito a comprobar los daños la aseguradora necesita pruebas de que, efectivamente, lo que se ha sustituido corresponde con el siniestro declarado y que el precio se ajusta al trabajo realizado. Este tipo de comprobaciones se realizan para evitar fraudes al seguro.
  • Maria Jesús
    17 de octubre de 2018 a las 12:41 pm
    HOlHolaHemos tenido un siniestro en la casa de mi padre, por corrosión de tubería, el seguro ha cambiado la tubería, pero ahora el suelo está levantado y hay que arreglar los daños estéticos, nos dicen que nos indemnizan con 500 y pico Euros, pero solo nos lo dan cuando lo hayamos arreglado. El caso es que si levantamos todo el suelo serían mucho más de 500 Euros, y si ponemos solo ese terrazo que se ha roto, y que nos va a costar encontrar y arreglamos solo eso y luego pulimos el suelo nosotros mismos que podemos hacerlo no tendríamos factura, entonces no nos lo pagarían?.
    • Juan Betés Novoa
      18 de octubre de 2018 a las 12:51 pm
      Hola María Jesús: Lo primero que debes de hacer es revisar las condiciones particulares y generales de tu póliza para ver si estáis cubiertos por los daños estéticos y en que cuantía. Lo lógico sería que la aseguradora mandara a alguien para arreglarlo. Si eso no es posible tendréis que contratar un profesional para que lo arregle si queréis recibir los 500 € ya que ninguna aseguradora aceptará pagar la indemnización si no existe una factura que acredite el gasto. Saludos

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