¿Es lo mismo contratar un seguro de vida que contratar un seguro hipotecario?
El producto puede ser el mismo. Lo que cambia es el beneficiario.
El seguro de vida es una póliza cuyo objeto es proteger a la familia en caso de fallecimiento (y otras contingencias, si así se desea) para que cuenten con un apoyo económico a la hora de afrontar gastos y deudas.
Una de las mayores cargas financieras que suelen tener las familias es la hipoteca. Por este motivo, muchas personas contratan un seguro de vida vinculado a la hipoteca. Este seguro suele ser de capital decreciente; es decir, el capital asegurado disminuye a medida que disminuye la deuda pendiente. Es una fórmula ideal para pagar siempre la prima más baja, aunque no pasa nada si el capital es constante y estamos asegurando más capital del que debemos, ya que en ese caso nuestros beneficiarios estarán mejor cubiertos.
En los seguros de vida hipotecarios, el beneficiario suele ser el banco. De esta forma, en caso de fallecimiento, el banco cobraría la deuda pendiente. En el caso de que se haya contratado una cobertura adicional en el seguro de vida vinculado a la hipoteca o que el capital asegurado supere la deuda contraída, los herederos podrán reclamar al banco la diferencia. Es por ello que es importante que al establecer el beneficiario en la póliza se indique lo siguiente: “El banco XXX por la cantidad pendiente de amortizar del préstamo hipotecario XXX, y el resto a Fulano de Tal y Fulano (En Fulanito podemos facilitar a los seres queridos los nombres y apellidos de los que queremos cobrar el importe.) Recomendamos hacerlo de esta forma para evitar problemas y retrasar los plazos de cobro del capital asegurado.
Además de simplificar mucho el proceso de cobro de la indemnización para saldar la deuda, tener al banco como beneficiario en un seguro hipotecario tiene otra ventaja: evita el trámite y pago del Impuesto de Sucesiones.
Recuerda que no es obligatorio contratar un seguro de vida con la hipoteca, aunque es muy recomendable. Además, puedes contratarlo con quien quieras. De hecho, el banco no puede obligarte a contratar este tipo de pólizas vinculadas a la hipoteca.
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