En el campo de los seguros aparecen muchas veces términos relacionados con la invalidez y la incapacidad. Entender estos conceptos es fundamental para valorar las coberturas y para saber a qué tenemos derechos al contratar un seguro de vida.
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Invalidez Permanente e Invalidez Total no son lo mismo
Sin embargo, a muchas personas le surgen dos dudas importantes. La primera se refiere a cuáles son las diferencias entre invalidez permanente e invalidez total. La segunda se refiere a si los términos invalidez e incapacidad significan lo mismo o si son cosas diferentes.
A la primera pregunta daremos respuesta a continuación. Antes aclararemos las segunda: invalidez e incapacidad son lo mismo. Esto ya nos simplifica bastante la explicación posterior.
Aclarado esto, pasamos a diferenciar el término «invalidez permanente» del término «invalidez total».
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Diferencia entre Invalidez Permanente e Invalidez Total
Lo primero que hay que decir es que estos términos están incompletos. De hecho, nombrarlos por su nombre completo ya aclara bastante.
Cuando se habla de invalidez permanente se está hablando de invalidez permanente absoluta; y cuando se habla de invalidez total se está hablando de invalidez total profesional.
La invalidez permanente absoluta es una situación física irreversible que incapacita a una persona para ejercer cualquier actividad profesional. En estos casos, las coberturas por invalidez permanente indemnizan al asegurado cuando, tras un accidente, no puede realizar ningún tipo de actividad profesional.
Por su parte, la invalidez total profesional se refiere a la incapacidad para seguir ejerciendo la profesión que se estuviera realizando cuando se tuvo el accidente. En estos casos, la cobertura indemniza al asegurado cuando ya no puede seguir ejerciendo la profesión declarada en la póliza, incluso si la lesión no le impide dedicarse a otra actividad.
Pongamos un ejemplo el caso de un profesional de la construcción que, tras un accidente, sufre una lesión irreversible en la pierna que le impide hacer su trabajo. Si su seguro tiene una cobertura por invalidez permanente, esta persona no recibirá indemnización alguna, puesto que puede ejercer otro tipo de trabajos (por ejemplo, en oficina). Este profesional solo recibiría una indemnización en caso de tener cobertura de invalidez total.
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Invalidez por enfermedad Vs. Invalidez por accidente
Sea permanente o total, no siempre se percibe la misma indemnización si la incapacidad ha sido provocada por un accidente o derivada de una enfermedad. De hecho, normalmente las aseguradoras ofrecen más dinero cuando la incapacidad es resultado de una accidente. Es más, dependiendo de qué tipo de seguro, puede que la cobertura solo cubra la incapacidad por accidente laboral. Aunque ninguno queremos vernos en esta situación, revisar esto es importante.
En cualquier, toda reclamación por invalidez requiere de la presentación de documentación acreditativa, incluida una valoración de la Unidad Médica de Valoración de Incapacidades (UMVI) de la Seguridad Social, Ministerio de Asuntos Sociales u otro organismo competente. En algunos casos también puede solicitarse un certificado del Área de Inspección Médica de la Seguridad Social.
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