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Fiscalidad de los seguros de vida ahorro (II): Rendimientos en el IRPF

seguro de vida ahorro

Artículos sobre Seguros de Vida

En un artículo anterior,  en el que hablamos sobre marco legislativo que rodeaba la fiscalidad de los seguros de vida ahorro, vimos los diferentes impuestos por los que tributan los seguros de vida ahorro en función de la relación existente entre el tomador y el asegurado y el marco legislativo referente a este tipo de seguros. En esta ocasión vamos a identificar y clasificar los rendimientos de estos seguros cuando tributan por IRPF.

Como vimos en el artículo anterior, todos los rendimientos acaban agrupados en dos bloques de rentas: renta general y renta del ahorro.

Sin embargo, antes de nada es necesario identificar qué rendimientos son susceptibles de ser gravados por el IRPF, así como decidir a cuál de los dos bloques de rentas corresponden.

IRFP: Tipos de rendimientos

En lo que al IRFP se refiere, se diferencia entre cuatro fuentes de rendimientos diferentes:

  • Rendimientos del trabajo
    • Son los que provienen de una relación laboral o asimilable, como pueden ser salarios, pensiones de la Seguridad Social, prestaciones de los Planes de Pensiones y Planes de Previsión asegurados y prestaciones de instrumentos de Previsión Social Complementaria.
    • Estos rendimientos se agrupan en la renga general.
  • Rendimiento del Capital
    • Son los obtenidos procedentes de bienes o derechos. Aquíe hay que distinguir:
      • Rendimientos del Capital Inmobiliario (por ejemplo, ingresos por alquileres). Forman parte de la renta general.
      • Rendimientos del Capital Mobiliario(como intereses por depósitos, dividendos de acciones o prestaciones seguros de vida, entre otros). Forman parte de la renta del ahorro.
      • Rendimientos de Actividades Económicas (ingresos provenientes de trabajos por cuenta propia o de la actividad empresarial) Son rendimientos que se agrupan en la renta general.
      • Ganancias y Pérdidas Patrimoniales, resultante de alteraciones en el patrimonio a consecuencia de adquisiciones y  transmisiones (ventas y compras). Forman parte de la renta del ahorro.

Por lo tanto, en lo que a seguros de ahorro se refiere, podemos destacar que PPA forman parte de la renta general, mientras que los seguros de vida forman parte de la renta del ahorro.

De este modo, exceptuando los PPA y los PPSE (Planes de Previsión Social Empresarial), todas las prestaciones de seguro que tributan en el IRPF lo harán como rendimientos del capital mobiliario. Los PPA como rendimientos del trabajo, y otros seguros como rendimientos del capital mobiliario.

El caso de los SIALP (Seguros Individuales de Ahorro a Largo Plazo) al igual que los CIALP ( Cuentas Individuales de Ahorro a Largo Plazo) es diferente. Estos productos se caracterizan por no tributar por el rendimiento obtenido al percibir el capital al finalizar el contrato de seguro.

Percepción en forma de renta

En este caso hay que diferenciar cuatro situaciones diferentes:

1 – Rentas inmediatas vitalicias: Se considera rendimiento del capital mobiliario.

  • El rendimiento se calculará en función de la edad del perceptor en el momento de la constitución de la renta y se mantendrá durante la vigencia de la renta.
    • Menos de 40 años: 40%
    • Entre 40 y 49 años: 35%
    • Entre 50 y 59 años: 28%
    • Entre 60 y 65 años: 24%
    • Entre 66 y 69 años: 20%
    • Más de 69 años: 8%

2 – Renta inmediata temporal:  Se considera rendimiento del capital mobiliario.

  • El rendimiento se calculará aplicando a cada anualidad el porcentaje que le corresponda según la duración establecida para la renta temporal. Se aplicará este mismo porcentaje durante toda la duración de la renta.
    • Duración igual o inferior a 5 años: 12%
    • Entre 5 y 10 años: 16%
    • Entre 11 y 15 años: 20%
    • Más de 15 años: 25%

3 – Rentas diferidas vitalicias: Se consideran rendimiento del capital mobiliario.

  • El rendimiento va incrementado en la rentabilidad obtenida hasta la constitución de la renta.
  • Dicha rentabilidad se determinará por la diferencia entre el valor actuarial actual de la renta constituida y el importe de las primas satisfechas.
  • La rentabilidad se repartirá durante los diez primeros años de la renta vitalicia.
  • Los PIAS son una excepción, ya que en estos seguros la rentabilidad generada está exenta del IRPF y, por lo tanto, no tributan por la rentabilidad obtenida durante el periodo de contratación del seguro.

4 – Rentas diferidas temporales: Se consideran rendimiento del capital mobiliario.

  • El rendimiento se calculará sumando al porcentaje obtenido en función de la duración de la renta.
  • La rentabilidad se calcula  obteniendo la diferencia entre el valor actuarial actual de la renta constituida y el importe de las primas satisfechas.
  • La rentabilidad se repartirá entre los años de la duración de la renta, con un máximo de 10 años.

5 – Rescate de una renta:  Se considera rendimiento del capital mobiliario.

  • El rendimiento se calcula sumando al importe del rescate las rentas satisfechas hasta el momento. A esto se le restan las primas satisfechas y las cantidades ya tributadas como rendimientos hasta el momento.

 Donaciones

En el caso de las donaciones , desde un inicio se opera sobre la cantidad que recibirá el donatario de manera individual, sin que exista una masa previa a repartir.

Recordemos que si el tomador y el beneficiario de un seguro de vida ahorro  son personas distintas se tributaría por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) como donación.

Así, las prestaciones de los seguros de vida se incorporan desde el inicio a los bienes y derechos que integran la donación.

PPA

Dado que los PPA comparten fiscalidad con los Planes de Pensiones, hay que tener en cuenta que esto da lugar a las siguientes consecuencias:

  • Las primas desgravan en la liquidación del IRPF de cada año.
  • Las prestaciones tibutan en su totalidad (no solo la plusvalía) oor el IRPF como rendimientos del trabajo, aunque el beneficiario sea distinto del tomador (como ocurre en caso de fallecimiento).

Más información

Si deseas más información sobre seguros de vida ahorro, no dejes de leer estos artículos:

Escrito por:
Eva María Rodríguez

Eva María Rodríguez

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Redactora web y creadora de contenidos digitales especializada en seguros y finanzas, así como en deporte y vida saludable. Colabora con PuntoSeguro desde 2014.

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