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Plazo por ley de una compañia de seguros de vida para avisar de la subida de precio de la póliza

Le ruego me informen del plazo que tiene por ley una compañia de seguros de avisar de la subida de precio de la póliza al finalizar el año para renovarla.
He tenido un problema con una póliza de BBVA seguros. 1 mes antes de finalizar el año de la póliza me mandan  el nuevo precio para el año siguiente, me parecio un abuso y le di de baja para irme a otra compañia 27 dias antes de que cumpliera. La aseguradora cobró el recibo y no quiere devolverlo, creo que alega que no avisé con 2 meses de antelación. ¿Tiene la aseguradora también el deber de avisarme de la subida con 2 meses?

Anónimo

Si la modificación de primas no está prevista en el contrato, debe ser aceptada por el tomador del seguro en virtud a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley de Contrato de Seguro. En el supuesto de que el aumento de prima se produzca para el nuevo periodo de cobertura, la entidad aseguradora deberá comunicar al tomador del seguro el incremento con dos meses de antelación a la finalización del contrato (plazo previsto en el artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro para la prórroga del contrato). En caso de que el asegurado no acepte la subida de la prima, la entidad podrá negarse a prorrogar el contrato para el siguiente periodo de cobertura.

Esperamos haberle ayudado, puede encontrar nuestras tarifas aquí

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